A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/54/151 29 de febrero de 2000 Quincuagésimo cuarto período de sesiones Tema 115 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/54/604)] 54/151. Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación La Asamblea General, Recordando su resolución 53/135, de 9 de diciembre de 1998, y tomando nota de la resolución 1999/3 de la Comisión de Derechos Humanos, de 23 de abril de 19991, Recordando también todas las resoluciones en la materia en las que, entre otras cosas, condenó a todos los Estados que permiten o toleran el reclutamiento, la financiación, el entrenamiento, la concentración, el tránsito y la utilización de mercenarios con el objetivo de derrocar a los gobiernos de Estados Miembros de las Naciones Unidas, especialmente de países en desarrollo, y recordando además las resoluciones del Consejo de Seguridad y la Organización de la Unidad Africana sobre la cuestión, Reafirmando los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas relativos a la estricta observancia de los principios de la igualdad soberana, la independencia política, la integridad territorial de los Estados, la no utilización de la fuerza o la amenaza de la fuerza en las relaciones internacionales y la libre determinación de los pueblos, Reafirmando también que, en virtud del principio de la libre determinación de los pueblos, enunciado en la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la 1 Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1999, Suplemento No. 3 (E/1999/23), cap. II, secc. A. 00 29527 /...

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