A/RES/79/182
Situación de los derechos humanos de los musulmanes rohinyás
y otras minorías en Myanmar
15. Exhorta a las Naciones Unidas a que velen por que se dote al Mecanismo
nndependiente para Myanmar de la flexibilidad que necesita en cuanto a su plantilla,
ubicación y libertad operacional, de modo que pueda cumplir con la máxima eficacia
su mandato y mantener informados a los Estados Miembros sobre sus actividades, e
insta a Myanmar, los Estados Miembros, las autoridades judiciales y las entidades
privadas a que cooperen plenamente con el Mecanismo, entre otras formas
facilitándole el acceso, en particular el acceso a los testigos, cuando proceda, y
prestándole toda la asistencia necesaria para la ejecución de su mandato;
16. Expresa grave preocupación por la posibilidad de que los supervivientes
de violaciones y abusos de los derechos humanos, en particular niños supervivientes
y supervivientes de la violencia sexual, vuelvan a ser traumatizados, y exhorta a todos
los agentes que participan en la labor de documentación a que sigan el principio de
no causar daño a la hora de reunir pruebas, a fin de respetar la dignidad de los
supervivientes y evitar que vuelvan a ser traumatizados, y pide que se satisfagan
plenamente todas las necesidades de víctimas y supervivientes y se garantice
plenamente su derecho a un recurso efectivo, en particular, registrando las bajas con
rapidez, eficacia e independencia y ofreciendo garantías de no repetición;
17. Subraya la importancia de consultar con los supervivientes y las familias
de las víctimas, incluidos los musulmanes rohinyás y otras minorías, y de incluirlos
en la promoción de la justicia y la rendición de cuentas, según proceda;
18. Insta a todas las partes de Myanmar a que velen por todas las mujeres,
incluidas las mujeres rohinyás y las mujeres pertenecientes a otras minorías,
participen de manera plena, igualitaria, segura y significativa en la promoción de la
cohesión social entre las distintas comunidades y en todos los procesos de toma de
decisiones relacionados con la prevención y resolución de conflictos y la
consolidación de la paz;
19. Reitera el llamamiento urgente a Myanmar o al ejército de Myanmar,
según proceda, a que:
a)
aongan fin de inmediato a todos los actos de violencia y abusos y a todas
las violaciones del derecho internacional en Myanmar, velen por la protección de los
derechos humanos de todas las personas en Myanmar, incluidos los musulmanes
rohinyás y las personas pertenecientes a otras minorías, y adopten todas las medidas
necesarias para hacer justicia a las víctimas, garantizar la plena rendición de cuentas
y poner fin a la impunidad por todas las violaciones y los abusos del derecho de los
derechos humanos y las violaciones del derecho internacional humanitario,
empezando por una investigación completa, transparente e independiente de las
denuncias de todas esas violaciones, y pide que se haga público el informe de la
Comisión nndependiente de nnvestigación establecida en 2018 en su totalidad o
comunique las conclusiones de dicho informe a los mecanismos internacionales
pertinentes;
b)
Entablen un diálogo y una reconciliación inclusivos, constructivos y
pacíficos, de acuerdo con la voluntad y los intereses del pueblo de Myanmar,
incluidos los musulmanes rohinyás y otras minorías;
c)
Garanticen el derecho al retorno de todos los refugiados, incluidos los
musulmanes rohinyás, acogidos en otros países, y adopten medidas concretas para
crear las condiciones necesarias para un retorno y una reintegración voluntarios,
seguros, dignos y sostenibles, lamentando el hecho de que hasta la fecha ningún
musulmán rohinyá haya retornado mediante un mecanismo de repatriación acordado
bilateralmente entre Bangladesh y Myanmar en vista de que Myanmar no ha podido
crear esas condiciones en el estado de Rakáin;
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