Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/46/1
Distr. general
26 de marzo de 2021
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
46º período de sesiones
22 de febrero a 24 de marzo de 2021
Tema 2 de la agenda
Informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos e informes de la Oficina
del Alto Comisionado y del Secretario General
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 23 de marzo de 2021
46/1.
Promoción de la reconciliación, la rendición de cuentas
y los derechos humanos en Sri Lanka
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos y recordando los Pactos
Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos pertinentes,
Recordando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 19/2, de 22 de marzo
de 2012, 22/1, de 21 de marzo de 2013, 25/1, de 27 de marzo de 2014, 30/1, de 1 de octubre
de 2015, 34/1, de 23 de marzo de 2017, y 40/1, de 21 de marzo de 2019, sobre la promoción
de la reconciliación, la rendición de cuentas y los derechos humanos en Sri Lanka,
Recordando también que, en su resolución S-11/1, de 27 de mayo de 2009, el Consejo
de Derechos Humanos celebró la determinación de Sri Lanka de iniciar un diálogo más
amplio con todas las partes a fin de buscar una solución política y lograr una paz duradera y
el desarrollo en Sri Lanka, sobre la base del consenso entre todos los grupos étnicos y
religiosos y el respeto mutuo de los derechos, e hizo suyo el comunicado conjunto de 26 de
mayo de 2009 del Presidente de Sri Lanka y del Secretario General, en el que este último,
entre otras cosas, subrayó la importancia de un proceso de rendición de cuentas para hacer
frente a las violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos,
Reafirmando su compromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y la
integridad territorial de Sri Lanka,
Reafirmando también que incumbe a cada Estado la responsabilidad primordial de
respetar los derechos humanos y de asegurar el pleno disfrute de la totalidad de derechos
humanos y libertades fundamentales por toda su población,
Reconociendo que se celebraron elecciones democráticas libres y transparentes en
noviembre de 2019 y agosto de 2020,
Haciendo notar la promulgación de la vigésima enmienda a la Constitución de Sri
Lanka, y destacando al mismo tiempo la importancia de la gobernanza democrática y de la
supervisión independiente de las instituciones fundamentales,
Exhortando al Gobierno de Sri Lanka a que cumpla sus compromisos en lo que
respecta a la restitución de competencias políticas, elemento indispensable para la
GE.21-04072 (S)
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