A/RES/52/218
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7. Aprueba las recomendaciones presupuestarias formuladas por la Comisión Consultiva en el
párrafo 24 de su informe;
8. Decide consignar en la Cuenta Especial para el Tribunal Penal Internacional para el
enjuiciamiento de los presuntos responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho
internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y de los ciudadanos rwandeses
presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio
de Estados vecinos entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1994 la suma total de 56.736.300 dólares
de los Estados Unidos en cifras brutas (50.879.100 dólares en cifras netas) para el período comprendido
entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1998;
9. Recuerda sus resoluciones 49/251, de 20 de julio de 1995, 50/213 A, de 23 de diciembre de
1995, 50/213 B y C, de 11 de abril y 7 de junio de 1996, 51/215 A, de 18 de diciembre de 1996, y
51/215 B, de 13 de junio de 1997, por las cuales decidió, como medida especial y excepcional, que los
Estados Miembros renunciaran a las partes que les correspondieran de los créditos no utilizados de
presupuestos anteriores de la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas a Rwanda, los que se
transferirían de la Cuenta Especial para la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas a Rwanda a la
Cuenta Especial para el Tribunal Internacional para Rwanda;
10. Reconoce que el saldo no comprometido de la Cuenta Especial para la Misión de Asistencia
asciende a 2.060.700 dólares en cifras brutas;
11. Decide prorratear entre los Estados Miembros la suma de 28.368.150 dólares en cifras brutas
(25.439.550 dólares en cifras netas) con arreglo a la escala de cuotas aplicable al presupuesto ordinario
de las Naciones Unidas para el año 1998, según se detalla en el anexo de la presente resolución;
12. Decide también prorratear entre los Estados Miembros la suma de 26.307.450 dólares en cifras
brutas (23.894.050 dólares en cifras netas) con arreglo a la escala de cuotas aplicable a las operaciones
de mantenimiento de la paz para el año 1998, previa deducción del saldo no comprometido de 2.060.700
dólares en cifras brutas (1.545.500 dólares en cifras netas) de la Cuenta Especial para la Misión de
Asistencia mencionado en el párrafo 10 supra;
13. Decide asimismo que, de conformidad con lo dispuesto en la resolución 973 (X), de 15 de
diciembre de 1955, se deduzcan de las sumas resultantes del prorrateo entre los Estados Miembros
indicado en los párrafos 11 y 12 supra, las partes que les correspondan, en el Fondo de Nivelación de
Impuestos, de los ingresos por concepto de contribuciones del personal, estimados en 5.342.000 dólares,
que se han aprobado para el Tribunal Internacional para Rwanda para el período comprendido entre el 1º
de enero y el 31 de diciembre de 1998.
79 a. sesión plenaria
22 de diciembre de 1997
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