A/RES/51/161
Página 2
Consciente de la valiosa contribución que hace la Comisión en el marco
del Decenio de las Naciones Unidas para el Derecho Internacional, entre otras
cosas por lo que respecta a la difusión del derecho mercantil internacional,
Preocupada al observar que las actividades de otros órganos del sistema
de las Naciones Unidas en la esfera del derecho mercantil internacional no se
realizan en coordinación con las de la Comisión, lo que puede dar lugar a una
duplicación innecesaria de esfuerzos y al incumplimiento del objetivo de
fomentar la eficacia, uniformidad y coherencia en la unificación y la
armonización del derecho mercantil internacional, enunciado en su resolución
37/106, de 16 de diciembre de 1992,
Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la aplicación
del párrafo 9 de la resolución 50/47 de la Asamblea General2,
1.
Toma nota con reconocimiento del informe de la Comisión de las
Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional sobre la labor
realizada en su 29º período de sesiones1;
2.
Toma nota con satisfacción de que la Comisión ha concluido la
redacción de la Ley Modelo sobre Comercio Electrónico y la ha aprobado3;
3.
Encomia a la Comisión por haber terminado las Notas sobre
organización del proceso arbitral4;
4.
Expresa su reconocimiento por los progresos alcanzados en su labor
relativa al financiamiento mediante efectos a cobrar y la insolvencia
transfronteriza;
5.
Celebra la decisión de la Comisión de pedir a la Secretaría que,
con la asistencia de expertos y en cooperación con otras organizaciones
internacionales con experiencia en proyectos de construcción-explotacióntraspaso, examinase cuestiones sobre las que podría ser útil formular
orientaciones normativas, e iniciase la preparación de una guía legislativa
sobre proyectos de construcción-explotación-traspaso5;
6.
Reafirma el mandato conferido a la Comisión para que, en su
carácter de órgano jurídico central del sistema de las Naciones Unidas en el
ámbito del derecho mercantil internacional, coordine las actividades jurídicas
en la materia y, a ese respecto:
a)
Insta a todos los órganos del sistema de las Naciones Unidas e
invita a otras organizaciones internacionales a que tengan presente el mandato
de la Comisión y la necesidad de evitar la duplicación de esfuerzos y de
fomentar la eficacia, uniformidad y coherencia en la unificación y la
armonización del derecho mercantil internacional;
b)
Recomienda a la Comisión que siga manteniendo, por conducto de su
secretaría, una estrecha colaboración con los demás órganos y organizaciones
2
A/51/382.
3
Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer
período de sesiones, Suplemento No. 17 (A/51/17), anexo I; véase también
resolución 51/162, anexo.
4
Ibíd., Suplemento No. 17 (A/51/17) cap. II.
5
Ibíd., cap. IV, párr. 229.
/...