A/RES/48/150
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la situación de los derechos humanos en Myanmar y de seguir cualesquiera
progresos realizados hacia la transferencia del poder a un gobierno civil, la
redacción de una nueva constitución, el levantamiento de las restricciones
impuestas a las libertades personales y la restauración de los derechos
humanos en Myanmar,
Tomando nota de la resolución 1993/73 de la Comisión de Derechos
Humanos, de 10 de marzo de 1993 4/, en la cual la Comisión decidió prorrogar
por un año el mandato del Relator Especial,
Hondamente preocupada por el hecho de que el Gobierno de Myanmar no haya
cumplido aún su compromiso de adoptar todas las medidas necesarias con miras a
instaurar la democracia a la luz de los resultados de las elecciones
celebradas en 1990,
Hondamente preocupada también por las continuas violaciones de los
derechos humanos en Myanmar, según informa el Relator Especial, en particular
las ejecuciones sumarias y arbitrarias, la tortura, el trabajo forzado, el
maltrato de las mujeres, las restricciones a las libertades fundamentales,
incluidas la libertad de expresión y de reunión, y la imposición de medidas
opresivas dirigidas en particular contra las minorías étnicas y religiosas,
Observando que la situación de los derechos humanos en Myanmar ha dado
lugar a corrientes masivas de refugiados que se dirigen a los países vecinos,
creando así problemas para los países interesados,
Tomando nota de las medidas adoptadas por el Gobierno de Myanmar,
incluidas su adhesión a los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 5/
sobre la protección de las víctimas de los conflictos armados y la liberación
de varios presos políticos en respuesta a las inquietudes expresadas por la
comunidad internacional, incluidas la Asamblea General y la Comisión de
Derechos Humanos,
Acogiendo con beneplácito la firma del Memorando de Entendimiento entre
el Gobierno de Myanmar y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Refugiados, de 5 de noviembre de 1993, sobre la repatriación
voluntaria de los refugiados de Bangladesh a Myanmar,
Tomando nota de la cesación del fuego a la que se ha llegado entre el
Gobierno de Myanmar y varios grupos de minorías étnicas y religiosas en
Myanmar,
1.
Expresa su reconocimiento al Relator Especial de la Comisión de
Derechos Humanos por su informe provisional 6/ y las conclusiones y
recomendaciones que figuran en él;
2.
Myanmar;
Deplora las continuas violaciones de los derechos humanos en
____________
4/
Ibíd., 1993, Suplemento No. 3 (E/1993/23), cap. II, secc. A.
5/
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 75, Nos. 970 a 973.
6/
A/48/578, anexo.
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