A/RES/69/163 Naciones Unidas Distr. general 10 de febrero de 2015 Asamblea General Sexagésimo noveno período de sesiones Tema 67 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2014 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/69/487)] 69/163. Utilización de mercenarios como medio de violar los derechos humanos y obstaculizar el ejercicio del derecho de los pueblos a la libre determinación La Asamblea General, Recordando todas sus resoluciones anteriores sobre el tema, incluida la resolución 68/152, de 18 de diciembre de 2013, y las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 15/12, de 30 de septiembre de 2010 1, 15/26, de 1 de octubre de 2010 2, 18/4, de 29 de septiembre de 2011 3, 21/8, de 27 de septiembre de 2012 4, 24/13, de 26 de septiembre de 2013 5 y 27/10, de 25 de septiembre de 2014 6, así como todas las resoluciones aprobadas por la Comisión de Derechos Humanos a este respecto, Recordando también todas sus resoluciones pertinentes en las que, entre otras cosas, condenó a todos los Estados que permitieran o toleraran el reclutamiento, la financiación, el entrenamiento, la concentración, el tránsito o la utilización de mercenarios con el objetivo de derrocar a gobiernos de Estados Miembros de las Naciones Unidas, especialmente de países en desarrollo, o de luchar contra movimientos de liberación nacional, y recordando además las resoluciones y los instrumentos internacionales pertinentes aprobados por la Asamblea General, el Consejo de Seguridad, el Consejo Económico y Social y la Organización de la Unidad Africana, entre otros, la Convención de la Organización de la Unidad Africana para la eliminación de la actividad de mercenarios en África 7, así como por la Unión Africana, _______________ 1 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo quinto período de sesiones, Suplemento núm. 53A (A/65/53/Add.1), cap. II. 2 Ibid., cap. I. 3 Ibid., sexagésimo sexto período de sesiones, Suplemento núm. 53A (A/66/53/Add.1), cap. II. 4 Ibid., sexagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento núm. 53A (A/67/53/Add.1), cap. III. 5 Ibid., sexagésimo octavo período de sesiones, Suplemento núm. 53A (A/68/53/Add.1), cap. III. 6 Ibid., sexagésimo noveno período de sesiones, Suplemento núm. 53A y corrección (A/69/53/Add.1 y Corr.1), cap. IV, secc. A. 7 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1490, núm. 25573. 14-67614 (S) *1467614* Se ruega reciclar

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