Naciones Unidas Asamblea General A/RES/58/246 Distr. general 11 de marzo de 2004 Quincuagésimo octavo período de sesiones Tema 117 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 23 de diciembre de 2003 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/508/Add.2)] 58/246. Comité Especial encargado de preparar una convención internacional amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad La Asamblea General, Recordando su resolución 56/168, de 19 de diciembre de 2001, por la que decidió establecer un Comité Especial abierto a la participación de todos los Estados Miembros y observadores ante las Naciones Unidas para que examinase propuestas relativas a una convención internacional amplia e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, sobre la base de un enfoque holístico de la labor realizada en las esferas del desarrollo social, los derechos humanos y la no discriminación y teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos y de la Comisión de Desarrollo Social, Recordando también su resolución 57/229, de 18 de diciembre de 2002, al igual que las resoluciones de la Comisión de Desarrollo Social y la Comisión de Derechos Humanos en la materia, Reafirmando la universalidad, indivisibilidad e interdependencia de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como la necesidad de garantizar que las personas con discapacidad los ejerzan plenamente y sin discriminación, Convencida de la contribución que a ese respecto podría hacer una convención, Alentando a los Estados Miembros y a los observadores a que participen activamente en la labor del Comité Especial a fin de que presente a la Asamblea, con carácter prioritario, un proyecto de texto de convención, Subrayando la importancia de que las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y las instituciones nacionales de derechos humanos participen activamente en los trabajos del Comité Especial, así como su valioso aporte a la promoción del pleno goce de los derechos humanos y las libertades fundamentales por las personas con discapacidad, Reconociendo las importantes contribuciones que todos los directamente interesados han hecho hasta ahora al Comité Especial, 03 50931

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