A/RES/65/170
Recordando también la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea
General sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio y su documento final 4,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos 5 y recordando el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 6, el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales6, la Convención Internacional sobre la
Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial 7, la Convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 8 y la Convención
sobre los Derechos del Niño 9,
Recordando la Convención Internacional sobre la protección de los derechos
de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares 10 y reiterando el
llamamiento dirigido a los Estados Miembros que no lo han hecho para que
consideren la posibilidad de firmar y ratificar la Convención, o de adherirse a ella,
como cuestión prioritaria, y la solicitud formulada al Secretario General de que
prosiga sus esfuerzos para promover la Convención y crear mayor conciencia al
respecto, en particular en el marco del vigésimo aniversario de su aprobación,
Recordando también la importancia del programa sobre el trabajo decente de
la Organización Internacional del Trabajo, incluso para los trabajadores migrantes,
los ocho convenios fundamentales de esa Organización, y el Pacto Mundial para el
Empleo aprobado por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 98ª reunión,
como marco general dentro del cual cada país puede formular conjuntos de medidas
normativas adaptadas a su situación concreta y a sus prioridades nacionales a fin de
fomentar una recuperación centrada en el empleo y en aras del desarrollo sostenible,
Recordando además la resolución 2006/2 de la Comisión de Población y
Desarrollo, de 10 de mayo de 2006 11,
Teniendo presente el resumen del Diálogo de alto nivel sobre la migración
internacional y el desarrollo, de 2006, transmitido por la Presidenta de la Asamblea
General 12,
Reconociendo que el Diálogo de alto nivel celebrado en 2006 brindó una
buena oportunidad para tratar constructivamente la cuestión de la migración
internacional y el desarrollo y profundizó los conocimientos sobre la cuestión,
Tomando nota de la publicación del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
titulada Informe sobre Desarrollo Humano 2009 – Superando barreras: Movilidad y
desarrollo humanos13,
Reconociendo la complejidad de las corrientes migratorias y que una parte
considerable de los movimientos migratorios también ocurre dentro de las mismas
regiones geográficas,
_______________
4
Véase la resolución 65/1.
Resolución 217 A (III).
6
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
7
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464.
8
Ibíd., vol. 1249, núm. 20378.
9
Ibíd., vol. 1577, núm. 27531.
10
Ibíd., vol. 2220, núm. 39481.
11
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2006, Suplemento núm. 5 (E/2006/25),
cap. I, secc. B.
12
A/61/515.
13
Publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.09.III.B.1.
5
2