A/RES/52/103 Página 4 Comisionado a que, dentro de los límites de su mandato y a petición del gobierno de que se trate, preste más apoyo a las actividades en el plano nacional para desarrollar, cuando sea necesario, la capacidad jurídica y judicial, en cooperación con la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, e insta también a la Oficina del Alto Comisionado a que, con miras a crear condiciones que faciliten la reconciliación y el desarrollo a largo plazo de los países de regreso, estreche su cooperación y coordinación con los organismos de desarrollo competentes; 15. Exhorta a los Estados a que adopten un planteamiento que tenga en cuenta los problemas de la desigualdad entre los sexos y a que velen por que se reconozca la condición de refugiadas a las mujeres que lo hayan solicitado por temor justificado a sufrir persecución por las razones que se enumeran en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 19513, y el Protocolo de 19674, en particular la persecución mediante la violencia sexual u otro tipo de persecución basada en la discriminación sexual, y alienta a la Oficina del Alto Comisionado a que persevere con sus esfuerzos por proteger a las refugiadas y los redoble; 16. Insta a los Estados y a las partes interesadas a que respeten y observen los principios internacionales de derechos humanos y las normas de derecho humanitario y de refugiados que tengan particular importancia para la defensa de los derechos de los niños y los adolescentes refugiados y, observando que los niños refugiados están particularmente expuestos a la posibilidad de sufrir lesiones, explotación y muerte en los conflictos armados, insta a todos los Estados y partes interesadas a que adopten las medidas que estén a su alcance para proteger a los niños y los adolescentes refugiados, en particular de todas las formas de violencia, explotación y abuso, y a que impidan que sean separados de sus familias; 17. Exhorta a todos los gobiernos y demás donantes a que demuestren su solidaridad internacional y su voluntad de compartir la carga con los países de asilo mediante la adopción de medidas destinadas a seguir reduciendo la carga que soportan los Estados, en particular los países en desarrollo, los países en transición y los países que cuentan con recursos limitados, que, debido a su situación geográfica, albergan a un gran número de refugiados y de personas que solicitan asilo, a que contribuyan a los programas de la Oficina del Alto Comisionado y, teniendo en cuenta el efecto que tienen sobre los países de asilo las necesidades cada vez mayores de poblaciones importantes de refugiados y el hecho de que es preciso aumentar el número de donantes y lograr una mejor distribución de la carga entre ellos, los exhorta también a que ayuden a la Alta Comisionada a obtener oportunamente fondos adicionales de las fuentes gubernamentales tradicionales, de otros gobiernos y del sector privado, a fin de que sea posible atender íntegramente las necesidades de los refugiados, repatriados y otras personas desplazadas de que se ocupa la Oficina del Alto Comisionado. 70a. sesión plenaria 12 de diciembre de 1997

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