El derecho a la alimentación A/RES/75/179 derecho internacional y con la Carta y que pongan en peligro la seguridad alimentaria y nutricional, Expresando aprecio por la labor del sistema de las Naciones Unidas, en particular la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura y el Programa Mundial de Alimentos, encaminada a acabar co n el hambre y lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición, Convencida de que, a la hora de aplicar las recomendaciones contenidas en la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación, así como en la Declaración de Roma sobre la Nutrición y el Marco de Acción 10, cada Estado debe adoptar una estrategia acorde con sus recursos y su capacidad para lograr los objetivos que se haya fijado y, al mismo tiempo, cooperar a nivel regional e internacional para articular soluciones colectivas a los problemas mundiales de seguridad alimentaria y nutricional en un mundo en que las instituciones, las sociedades y las economías están cada vez más interconectadas y donde es esencial coordinar iniciativas y compartir responsabilidades, Reconociendo que, pese a la labor realizada y al hecho de que se han logrado algunos resultados positivos, los problemas del hambre, la inseguridad alimentaria y la malnutrición tienen una dimensión mundial, que no se ha avanzado lo suficiente en la reducción del hambre y que estos problemas se están agravando enormemente en algunas regiones por falta de medidas urgentes, resueltas y concertadas, Reconociendo también la importancia que revisten para los pueblos indígenas y otras personas que viven en zonas rurales las prácticas agrícolas tradicionales sostenibles, incluidos los sistemas tradicionales de suministro de semillas, así como el acceso al crédito y a otros servicios financieros, a los mercados, a la seguridad de la tenencia de la tierra, a la atención de la salud, a los servicios sociales, a la educación, a la capacitación, a los conocimientos y a las tecnologías apropiadas y asequibles, incluidos el regadío eficiente, la reutilización de las agua s residuales tratadas y la captación y el almacenamiento de agua, Reconociendo además el carácter complejo de la inseguridad alimentaria y la probabilidad de que este problema se repita debido a una combinación de varios factores importantes, como los efectos de la crisis financiera y económica mundial, la degradación ambiental, la desertificación y los efectos negativos del cambio climático, así como la pobreza, los desastres naturales, los conflictos armados, la sequía, la inestabilidad de los precios de los productos básicos y la falta en muchos países de la tecnología apropiada, las inversiones y las iniciativas de creación de capacidad necesarias para hacer frente a sus consecuencias, particularmente en los países en desarrollo, incluidos los países menos adelantados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, y la necesidad de coherencia y colaboración entre las instituciones internacionales a nivel mundial, Observando con gran preocupación que millones de personas se enfrentan a una hambruna, corren un riesgo inmediato de hambruna o están pasando por una situación de inseguridad alimentaria grave en varias regiones del mundo, y observando también que la pobreza, los conflictos armados, la sequía y la inestabilidad de los precios de los productos básicos se encuentran entre los factores que causan o empeoran las hambrunas y la inseguridad alimentaria grave y que urge redoblar los esfuerzos, incluido el apoyo internacional, para mejorar la respuesta, la prevención y la preparación ante el aumento de la inseguridad alimentaria mundial, __________________ 10 20-17320 Ibid., anexo II. 3/14

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