A/RES/52/108
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1. Toma nota del informe del Secretario General sobre la ejecución del programa de actividades
del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo2;
2. Reconoce plenamente el valor y la diversidad de las culturas y formas de organización social de
las poblaciones indígenas y afirma que el desarrollo de éstas en sus propios países contribuirá al adelanto
socioeconómico, cultural y ambiental de todos los países del mundo;
3. Reafirma la importancia de aumentar la capacidad humana e institucional de las poblaciones
indígenas para que puedan encontrar soluciones propias a sus problemas y, para esos fines, recomienda
una vez más que la Universidad de las Naciones Unidas considere la posibilidad de patrocinar, en cada
región, una o más instituciones de enseñanza superior como centros de excelencia y de difusión de
conocimientos especializados, en particular realizando estudios sobre la cuestión, e invita a la Comisión
de Derechos Humanos a que recomiende medios adecuados para poner en práctica esa recomendación;
4. Toma nota de que el programa de actividades del Decenio puede ser revisado y actualizado en
el curso del Decenio y que, a mediados de ese período, el Consejo Económico y Social y la Asamblea
General deberían examinar los resultados de las actividades a fin de determinar los obstáculos que se
oponen al logro de las metas del Decenio y de recomendar formas de superarlos;
5. Decide designar a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos
Coordinadora del Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo y le pide que, en calidad
de tal:
a) Promueva los objetivos del Decenio, teniendo en cuenta en el desempeño de sus funciones los
intereses especiales de las poblaciones indígenas;
b) Considere la posibilidad de organizar un seminario para instituciones de investigación y de
enseñanza superior, tal como se indica en la resolución 1997/32 de la Comisión de Derechos Humanos,
de 11 de abril de 19973, que centraría su atención en las cuestiones de las poblaciones indígenas, en
consulta con las poblaciones indígenas y los órganos correspondientes de las Naciones Unidas;
c) Preste la debida atención a la difusión de información sobre la situación, las culturas, los
idiomas, los derechos y las aspiraciones de las poblaciones indígenas;
d) Presente a la Asamblea General, por conducto del Secretario General, un informe anual sobre
la ejecución del programa de actividades del Decenio;
6. Reafirma que uno de los principales objetivos del Decenio es la aprobación de una declaración
sobre los derechos de las poblaciones indígenas y subraya la importancia de una participación efectiva de
los representantes de las poblaciones indígenas en el grupo de trabajo de composición abierta entre
2
A/52/509.
3
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 1997, Suplemento No. 3 (E/1997/23), cap.
II, secc. A.
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