A/HRC/41/33 servicios de apoyo adecuados basados en la comunidad, también puede contribuir a la decisión de las familias de internar a las mujeres y las niñas con discapacidad en una institución. También se han observado tendencias preocupantes de “detención médica” de mujeres que no pueden pagar los servicios sanitarios en los hospitales, sobre todo después del parto, algo que ha pasado a formar parte de las políticas y/o prácticas hospitalarias en algunos lugares, como se ha documentado en varios países africanos y asiáticos, entre ellos el Camerún, la India, Indonesia y la República Democrática del Congo33. 55. Las ancianas sin recursos ni medios de subsistencia a menudo son descuidadas por sus familias y se encuentran involuntariamente aisladas en el hogar o en un centro de atención. Se sabe que los centros de atención maltratan o descuidan a los residentes negándoles la posibilidad de moverse libremente, privándolos de contacto con el mundo exterior y restringiendo su acceso a elementos tan esenciales como los alimentos, los servicios de salud y las actividades recreativas. 2. Falta de oportunidades y de opciones 56. La pobreza de las mujeres no es solo una cuestión de riqueza material y servicios sociales, sino fundamentalmente una cuestión de las decisiones que pueden tomar en sus vidas. Las mujeres tienen menos acceso a un trabajo decente, pueden verse limitadas en cuanto a los ámbitos en los que pueden trabajar y a lo alto que pueden ascender en esos ámbitos, y al mismo tiempo son responsables de una parte desproporcionada de los cuidados y del trabajo doméstico no remunerados. La disparidad en cuanto a las oportunidades de cada género comienza pronto, con una discriminación en la familia y en la educación que tiene su origen o manifestación en los diferentes estereotipos, lo cual contribuye ulteriormente a limitar el potencial de las mujeres para desarrollar sus capacidades y aprovechar las opciones profesionales y de vida que tienen a su disposición. 57. La limitación de las opciones y oportunidades de las mujeres es producto de desigualdades estructurales y de políticas e instituciones discriminatorias que no resuelven adecuadamente las injusticias producidas por factores macroeconómicos y políticos globalizados, como la privatización de los bienes públicos y el retroceso del estado de bienestar. Esos factores refuerzan aún más, y se ven perpetuados por, las normas culturales y sociales discriminatorias de carácter local y particular que también engendran sistemas de opresión diferentes para grupos de mujeres distintos. 58. La discriminación, los estereotipos, los cuidados no remunerados y la falta de educación limitan los puestos de trabajo a los que pueden optar las mujeres, empujándolas hacia puestos poco cualificados y hacia el sector del trabajo informal, con condiciones de explotación en el lugar de trabajo. La inmensa mayoría de los empleos femeninos se encuentran en la economía informal y, por lo tanto, las trabajadoras carecen de derechos y protecciones básicos. Así pues, el empleo de una mujer puede constituir en algunos casos una forma de privación de libertad. Ese puede ser el caso cuando a las mujeres que trabajan en la industria o en la agricultura se les proporciona vivienda en circunstancias restrictivas o son objeto de trabajo forzoso o en condiciones de servidumbre (véase A/73/139 y Corr.1). Del mismo modo, existen unidades de producción domésticas para las cadenas de suministro mundiales en las que el “empleador” es en realidad el marido u otro pariente masculino que exige una cierta productividad en condiciones de explotación equivalentes a una privación de libertad. Esas condiciones de trabajo también son motivo de especial preocupación para los trabajadores domésticos, la mayoría de los cuales son mujeres, que pueden verse incapaces de abandonar su lugar de trabajo. 59. Las mujeres migrantes hacen frente a riesgos particulares, ya que en gran medida se ven obligadas a trabajar en puestos no cualificados, infravalorados y mal remunerados en espacios no regulados, como los hogares privados. Las trabajadoras domésticas migrantes pueden acabar privadas de redes y servicios de apoyo y con su pasaporte confiscado por su empleador. Las leyes de inmigración que exigen trabajar para un empleador en concreto, como el sistema de kafala en algunos países del Oriente Medio, han dado lugar a abusos y 33 GE.19-07966 Véase Robert Yates, Tom Brookes y Eloise Whitaker, “Hospital detentions for non-payment of fees. A denial of rights and dignity”, Royal Institute of International Affairs (2017). 15

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