Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/71/278
Distr. general
20 de marzo de 2017
Septuagésimo primer período de sesiones
Tema 123 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 10 de marzo de 2017
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/71/L.59 y Add.1)]
71/278. Medidas de las Naciones Unidas en materia de explotación
y abusos sexuales
La Asamblea General,
Recordando los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y el
derecho internacional,
Recordando también sus resoluciones 70/268, de 14 de junio de 2016, relativa
al examen amplio de toda la cuestión de las operaciones de mantenimiento de la paz
en todos sus aspectos, 70/286, de 17 de junio de 2016, relativa a las cuestiones
intersectoriales, y 71/134, de 13 de diciembre de 2016, relativa a la responsabilidad
penal de los funcionarios y expertos de las Naciones Unidas en misión, y tomando
nota de las resoluciones del Consejo de Seguridad 2242 (2015), de 13 de octubre
de 2015, y 2272 (2016), de 11 de marzo de 2016,
Consciente de la importancia de proteger los derechos de las víctimas de la
explotación y los abusos sexuales, así como de garantizar la a decuada protección de
los testigos, y recordando, a este respecto, la aprobación de su resolución 62/214,
de 21 de diciembre de 2007, relativa a la Estrategia Amplia de las Naciones Unidas
sobre la Asistencia y el Apoyo a las Víctimas de la Explotación y los Abusos
Sexuales Cometidos por Personal de las Naciones Unidas y Personal Asociado,
Condenando enérgicamente y expresando profunda preocupación por los actos
de explotación y abusos sexuales cometidos por el personal de las Naciones Unidas
en todo el sistema, así como por personal ajeno a las Naciones Unidas que presta
servicios bajo mandato del Consejo de Seguridad, y recalcando el compromiso de
los Estados Miembros de reforzar las medidas destinadas a combatir la explotación
y los abusos sexuales,
Reconociendo la labor de todo el personal de las Naciones Unidas en todo el
sistema de las Naciones Unidas, incluidos los miembros del personal de
mantenimiento de la paz, que sirven a los propósitos y principios de la Carta, y
destacando que no se consentirá que los logros de todos se vean empañados por las
acciones de unos pocos,
Poniendo de relieve que la disciplina y conducta adecuadas del personal de las
Naciones Unidas, de conformidad con el reglamento de las Naciones Unidas, son
cruciales para la eficacia en el cumplimiento de sus mandatos respectivos, así como
para la credibilidad de las Naciones Unidas y la seguridad y el bienestar de las
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