Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/44/19
Distr. general
23 de julio de 2020
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
44º período de sesiones
30 de junio a 17 de julio de 2020
Tema 4 de la agenda
Situaciones de derechos humanos que
requieren la atención del Consejo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 17 de julio de 2020
44/19.
Situación de los derechos humanos en Belarús
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, las
disposiciones de la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Pactos
Internacionales de Derechos Humanos y otros instrumentos pertinentes de derechos
humanos,
Recordando todas las resoluciones aprobadas por la Comisión de Derechos
Humanos, la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos sobre la situación de
los derechos humanos en Belarús, incluida la resolución 41/22 del Consejo, de 12 de julio
de 2019, y lamentando la respuesta inadecuada y la falta de cooperación del Gobierno de
Belarús ante las solicitudes formuladas por el Consejo en esas resoluciones, incluso en
relación con el acceso al país de la Relatora Especial sobre la situación de los derechos
humanos en Belarús y otros titulares de mandatos de los procedimientos especiales, aunque
reconociendo la disposición cada vez mayor de Belarús a cooperar con la Oficina de
Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la
Cooperación en Europa, el Consejo de Europa, la Unión Europea y los asociados
bilaterales,
Recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1 y 5/2,
de 18 de junio de 2007,
1.
Acoge con beneplácito el informe de la Relatora Especial sobre la situación
de los derechos humanos en Belarús1;
2.
Expresa continua preocupación por la situación de los derechos humanos y
las libertades fundamentales en Belarús, en particular las restricciones indebidas y el
carácter prohibitivamente oneroso de los trámites relacionados con el ejercicio de las
libertades de reunión, asociación y expresión pacíficas, que dan lugar al hostigamiento de
organizaciones de la sociedad civil y sindicatos y a la detención de defensores de los
derechos humanos, miembros de la oposición, periodistas y trabajadores de los medios de
comunicación, y otros miembros de la sociedad civil;
1
A/HRC/44/55.
GE.20-09805 (S)
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