Naciones Unidas Asamblea General A/RES/61/25 Distr. general 2 de marzo de 2007 Sexagésimo primer período de sesiones Tema 14 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 1 de diciembre de 2006 [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/61/L.34)] 61/25. Arreglo pacífico de la cuestión de Palestina La Asamblea General, Recordando sus resoluciones pertinentes, incluidas las aprobadas en su décimo período extraordinario de sesiones de emergencia, Recordando también su resolución 58/292, de 6 de mayo de 2004, Recordando además las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, incluidas las resoluciones 242 (1967), de 22 de noviembre de 1967, 338 (1973), de 22 de octubre de 1973, 1397 (2002), de 12 de marzo de 2002, 1515 (2003), de 19 de noviembre de 2003, y 1544 (2004), de 19 de mayo de 2004, Acogiendo con satisfacción que el Consejo de Seguridad afirmara la visión de una región en que dos Estados, Israel y Palestina, vivan uno junto al otro dentro de fronteras seguras y reconocidas, Observando con preocupación que han pasado cincuenta y nueve años desde la aprobación de la resolución 181 (II), de 29 de noviembre de 1947, y treinta y nueve años desde la ocupación del territorio palestino, incluida Jerusalén Oriental, en 1967, Habiendo examinado el informe presentado por el Secretario General atendiendo a la petición formulada en su resolución 60/39, de 1° de diciembre de 2005 1, Reafirmando que las Naciones Unidas tienen una responsabilidad permanente respecto de la cuestión de Palestina hasta que se resuelva en todos sus aspectos de conformidad con el derecho internacional, Recordando la opinión consultiva sobre las Consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado, emitida el 9 de julio de 2004 por la Corte Internacional de Justicia 2, y recordando también su resolución ES-10/15, de 20 de julio de 2004, _______________ 1 2 06-49596 A/61/355-S/2006/748. Véase A/ES-10/273 y Corr.1.

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