A/RES/72/234
Las mujeres en el desarrollo
4.
Pone de relieve la necesidad de vincular las políticas de desarrollo
económico, social y ambiental para asegurar que todas las personas, en particular las
mujeres y los niños que viven en la pobreza y en situación de vulnerabilidad, se
beneficien del crecimiento económico inclusivo y el desarrollo, de conformidad con
los objetivos del Consenso de Monterrey de la Conferencia Inter nacional sobre la
Financiación para el Desarrollo 13, la Declaración de Doha sobre la Financiación para
el Desarrollo: documento final de la Conferencia Internacional de Seguimiento sobre
la Financiación para el Desarrollo encargada de Examinar la Aplicación del Consenso
de Monterrey 14 y la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia
Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo 15;
5.
Reafirma que el logro de la igualdad de género, el empoderamiento de
todas las mujeres y niñas y el pleno ejercicio de sus derechos humanos es esencial
para alcanzar un crecimiento económico sostenido, inclusivo y equitativo y el
desarrollo sostenible, reitera la necesidad de incorporar la perspectiva de género, en
particular con medidas e inversiones especiales, en la formulación y aplicación de
todas las políticas financieras, económicas, ambientales y sociales, y reafirma además
el compromiso de adoptar políticas racionales, legislación aplicable y medidas
transformativas, y a fortalecer las existentes, para promover la igualdad de género y
el empoderamiento de las mujeres y las niñas en todos los niveles, a asegurar su
igualdad de derechos, acceso y oportunidades de participación y liderazgo en la
economía y a eliminar la violencia por razón de género y la discriminación en todas
sus formas;
6.
Destaca la importancia de que los Gobiernos, las organizaciones
internacionales, incluidas las Naciones Unidas, el sector privado, las organizaciones
no gubernamentales, los sindicatos y otros interesados creen, en todos los ámbitos de
la vida y en los planos nacional e internacional, un entorno favorable y propicio a la
integración efectiva de las mujeres y las niñas en el desarrollo, y de que emprendan
y difundan un análisis que tenga en cuenta las diferencias entr e los géneros de las
leyes, las políticas y los programas relacionados con la estabilidad macroeconómica,
la reforma estructural, los impuestos, la inversión, incluida la inversión extranjera
directa, y todos los sectores pertinentes de la economía;
7.
Exhorta a los Estados Miembros, al sistema de las Naciones Unidas y a
otras organizaciones internacionales y regionales, en el marco de sus respectivos
mandatos, y a todos los sectores de la sociedad civil, incluidas las organizaciones no
gubernamentales, así como a todas las mujeres y todos los hombres, a que cumplan
sus respectivos compromisos para intensificar sus contribuciones a la aplicación y el
seguimiento de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing 4 , los resultados
del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General 5 y el
Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el
Desarrollo 6, así como los resultados de sus exámenes;
8.
Reconoce la importancia de la plena participación de los hombres y los
niños como asociados estratégicos, aliados, agentes y beneficiarios del cambio con el
objeto de alcanzar la igualdad de género y el empoderamiento d e todas las mujeres y
las niñas, y se compromete a adoptar medidas para lograr que los hombres y niños
participen en los esfuerzos por lograr la aplicación plena, efectiva y acelerada de la
Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, el documento final del vigésimo
tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General, las declaraciones
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Informe de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, Monterrey
(México), 18 a 22 de marzo de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta:
S.02.II.A.7), cap. I, resolución 1, anexo.
Resolución 63/239, anexo.
Resolución 69/313, anexo.
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