A/RES/56/167
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
26 de febrero de 2002
Quincuagésimo sexto período de sesiones
Tema 119 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/56/583/Add.2)]
56/167. Decenio de las Naciones Unidas para la educación en la
esfera de los derechos humanos
La Asamblea General,
Inspirándose en los principios fundamentales y universales consagrados en la
Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de Derechos Humanos1,
Reafirmando el artículo 26 de la Declaración, en el cual se dispone que “la
educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el
fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades
fundamentales”, y recordando las disposiciones de otros instrumentos
internacionales pertinentes de derechos humanos, que recogen los objetivos de ese
artículo,
Recordando la gran importancia atribuida por la Conferencia Mundial de
Derechos Humanos, celebrada en Viena del 14 al 25 de junio de 1993, a la
educación en la esfera de los derechos humanos,
Recordando asimismo las resoluciones aprobadas por la Asamblea General y la
Comisión de Derechos Humanos sobre el Decenio de las Naciones Unidas para la
educación en la esfera de los derechos humanos, 1995-2004,
Estimando que la educación en la esfera de los derechos humanos constituye
un importante vehículo para eliminar la discriminación sexista y para garantizar la
igualdad de oportunidades mediante la promoción y protección de los derechos
humanos de la mujer,
Convencida de que, para que cada mujer, hombre y niño realice su pleno
potencial humano, es preciso que cobre conciencia de todos sus derechos humanos y
libertades fundamentales,
Convencida también de que la educación en la esfera de los derechos humanos
debe abarcar más que el mero suministro de información y constituir en cambio un
proceso amplio que dure toda la vida, por el cual los individuos, cualquiera que sea
su nivel de desarrollo y la sociedad en que vivan, aprendan a respetar la dignidad de
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Resolución 217 A (III).