Cuestión de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos A/RES/74/111 12. Destaca también la importancia de que el Comité Especial reciba información sobre las opiniones y los deseos del pueblo de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos y entienda mejor sus condiciones, incluidos el carácter y el alcance de los acuerdos políticos y constitucionales existentes entre las Islas Vírgenes de los Estados Unidos y la Potencia administradora; 13. Exhorta a la Potencia administradora a que participe y coopere plenamente en la labor del Comité Especial a fin de aplicar las disposiciones del Artículo 73 e de la Carta y las de la Declaración, así como de asesorar al Comité sobre el cumplimiento de las disposiciones del Artículo 73 b de la Carta respecto de los esfuerzos por promover el autogobierno de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos, y alienta a la Potencia administradora a que facilite el envío de misiones visitadoras y especiales al Territorio; 14. Reafirma que, en virtud de la Carta, la Potencia administradora tiene la responsabilidad de promover el desarrollo económico y social del Territorio y preservar su identidad cultural, y solicita a la Potencia administradora que adopte medidas para recabar y utilizar eficazmente toda la asistencia posible, tanto bilateral como multilateral, a fin de fortalecer la economía del Territorio; 15. Tiene en cuenta la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 8, incluidos los Objetivos de Desarrollo Sostenible, destaca la importancia de fomentar el desarrollo económico y social sostenible del Territorio promoviendo un crecimiento económico sostenido, inclusivo y equitativo, creando mayores oportunidades para todos, reduciendo las desigualdades, elevando los niveles de vida básicos, favoreciendo el desarrollo social equitativo y la inclusión, y promoviendo la gestión integrada y sostenible de los recursos naturales y los ecosistemas, que contribuye, entre otras cosas, al desarrollo económico, social y humano y al mismo tiempo facilita la conservación, regeneración, restauración y resiliencia de los ecosistemas frente a los desafíos nuevos y emergentes, e insta encarecidamente a la Potencia administradora a que no emprenda ningún tipo de actividad ilícita, nociva e improductiva, incluida la utilización del Territorio como centro financiero internacional, que no esté en consonancia con los intereses del pueblo del Territorio; 16. Solicita al Territorio y a la Potencia administradora que adopten todas las medidas necesarias para proteger y preservar el medio ambiente del Territorio de toda degradación y, una vez más, solicita a los organismos especializados competentes que vigilen las condiciones ambientales del Territorio y le proporcionen asistencia, en consonancia con sus respectivos reglamentos vigentes; 17. Exhorta a la Potencia administradora, a los organismos especializados y a otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, así como a las organizaciones regionales, a que presten toda la asistencia necesaria al Territorio, apoyen las tareas de recuperación y reconstrucción y refuercen la capacidad en lo que respecta a la preparación para emergencias y la reducción del riesgo, en particular tras el huracán Irma y el huracán María, que azotaron el Territorio en 2017; 18. Solicita al Comité Especial que siga examinando la cuestión de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos y que en su septuagésimo quinto período de sesiones la informe al respecto y sobre la aplicación de la presente resolución. 47 a sesión plenaria 13 de diciembre de 2019 __________________ 8 19-22028 Resolución 70/1. 5/5

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