Cuestión de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos
A/RES/74/111
12. Destaca también la importancia de que el Comité Especial reciba
información sobre las opiniones y los deseos del pueblo de las Islas Vírgenes de los
Estados Unidos y entienda mejor sus condiciones, incluidos el carácter y el alcance
de los acuerdos políticos y constitucionales existentes entre las Islas Vírgenes de los
Estados Unidos y la Potencia administradora;
13. Exhorta a la Potencia administradora a que participe y coopere plenamente
en la labor del Comité Especial a fin de aplicar las disposiciones del Artículo 73 e de la
Carta y las de la Declaración, así como de asesorar al Comité sobre el cumplimiento de
las disposiciones del Artículo 73 b de la Carta respecto de los esfuerzos por promover
el autogobierno de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos, y alienta a la Potencia
administradora a que facilite el envío de misiones visitadoras y especiales al Territorio;
14. Reafirma que, en virtud de la Carta, la Potencia administradora tiene la
responsabilidad de promover el desarrollo económico y social del Territorio y
preservar su identidad cultural, y solicita a la Potencia administradora que adopte
medidas para recabar y utilizar eficazmente toda la asistencia posible, tanto bilateral
como multilateral, a fin de fortalecer la economía del Territorio;
15. Tiene en cuenta la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 8, incluidos
los Objetivos de Desarrollo Sostenible, destaca la importancia de fomentar el
desarrollo económico y social sostenible del Territorio promoviendo un crecimiento
económico sostenido, inclusivo y equitativo, creando mayores oportunidades para
todos, reduciendo las desigualdades, elevando los niveles de vida básicos,
favoreciendo el desarrollo social equitativo y la inclusión, y promoviendo la gestión
integrada y sostenible de los recursos naturales y los ecosistemas, que contribuye,
entre otras cosas, al desarrollo económico, social y humano y al mismo tiempo facilita
la conservación, regeneración, restauración y resiliencia de los ecosistemas frente a
los desafíos nuevos y emergentes, e insta encarecidamente a la Potencia
administradora a que no emprenda ningún tipo de actividad ilícita, nociva e
improductiva, incluida la utilización del Territorio como centro financiero
internacional, que no esté en consonancia con los intereses del pueblo del Territorio;
16. Solicita al Territorio y a la Potencia administradora que adopten todas las
medidas necesarias para proteger y preservar el medio ambiente del Territorio de toda
degradación y, una vez más, solicita a los organismos especializados competentes que
vigilen las condiciones ambientales del Territorio y le proporcionen asistencia, en
consonancia con sus respectivos reglamentos vigentes;
17. Exhorta a la Potencia administradora, a los organismos especializados y a
otras organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, así como a las
organizaciones regionales, a que presten toda la asistencia necesaria al Territorio,
apoyen las tareas de recuperación y reconstrucción y refuercen la capacidad en lo que
respecta a la preparación para emergencias y la reducción del riesgo, en particular
tras el huracán Irma y el huracán María, que azotaron el Territorio en 2017;
18. Solicita al Comité Especial que siga examinando la cuestión de las Islas
Vírgenes de los Estados Unidos y que en su septuagésimo quinto período de sesiones
la informe al respecto y sobre la aplicación de la presente resolución.
47 a sesión plenaria
13 de diciembre de 2019
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19-22028
Resolución 70/1.
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