A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/53/155 25 de febrero de 1999 Quincuagésimo tercer período de sesiones Tema 110 b) del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/53/625/Add.2)] 53/155. Derecho al desarrollo La Asamblea General, Recordando todas sus resoluciones anteriores, así como las de la Comisión de Derechos Humanos, relativas al derecho al desarrollo, Destacando que la promoción, la protección y la realización del derecho al desarrollo forman parte integrante de la promoción y protección de todos los derechos humanos en los planos nacional e internacional, Tomando nota de que el ser humano es el objeto central del desarrollo, por lo cual en las políticas de desarrollo debe ser el participante principal en el desarrollo y su principal beneficiario, Subrayando la importancia de crear un entorno económico, político, social, cultural y jurídico que dé al ser humano la posibilidad de lograr el desarrollo social en los planos nacional e internacional, Recordando que, para fomentar el desarrollo, hay que conceder la misma atención y urgencia a la realización, la promoción y la protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y reconociendo que todos los derechos humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí, por lo que es preciso que las cuestiones relativas a los derechos humanos se examinen con un criterio universal, objetivo, imparcial y no selectivo, 99-77014 /...

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