A/RES/68/180 Naciones Unidas Distr. general 30 de enero de 2014 Asamblea General Sexagésimo octavo período de sesiones Tema 69 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 18 de diciembre de 2013 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/68/456/Add.2)] 68/180. Protección y asistencia para los desplazados internos La Asamblea General, Recordando que los desplazados internos son personas o grupos de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su hogar o de su lugar de residencia habitual, en particular como resultado, o para evitar los efectos, de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o de desastres naturales o provocados por el ser humano, y que no han cruzado una frontera estatal internacionalmente reconocida 1, Reconociendo que los desplazados internos deben gozar, en condiciones de igualdad, de los mismos derechos y libertades dimanantes del derecho internacional y el derecho interno que los demás habitantes del país, Profundamente consternada por el alarmante número de desplazados internos en todo el mundo, por razones entre las que figuran los conflictos armados, las situaciones de violencia generalizada, las violaciones de los derechos humanos y los desastres naturales o provocados por el ser humano, quienes no reciben suficiente protección y asistencia, y consciente de los graves desafíos que ello supone para la comunidad internacional, Reconociendo que los desastres naturales son una de las causas de los desplazamientos internos, y preocupada por factores, como el cambio climático, que se prevé que agravarán los efectos de los peligros naturales y los fenómenos climáticos, Reconociendo también que las consecuencias de los peligros se pueden prevenir o mitigar considerablemente integrando estrategias de reducción del riesgo de desastres en las políticas y los programas nacionales de desarrollo, Consciente de que el desplazamiento interno, incluidas las situaciones de desplazamiento prolongado, tiene, además de la dimensión humanitaria, dimensiones de derechos humanos y de desarrollo, así como la posible dimensión de _______________ 1 Véase Principios Rectores de los Desplazamientos Internos (E/CN.4/1998/53/Add.2, anexo), introducción, párr. 2. 13-45028 *1345028* Se ruega reciclar

Seleccionar párrafo de destino3