A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/53/15 11 de noviembre de 1998 Quincuagésimo tercer período de sesiones Tema 34 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/53/L.14 y Add.1)] 53/15. Cooperación entre las Naciones Unidas y la Organización de Cooperación Económica La Asamblea General, Recordando su resolución 48/2, de 13 de octubre de 1993, por la cual otorgó la condición de observador a la Organización de Cooperación Económica, Recordando también que una de las finalidades de las Naciones Unidas es promover la cooperación internacional para resolver los problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, Recordando además sus resoluciones 50/1, de 12 de octubre de 1995, 51/21, de 27 de noviembre de 1996, y 52/19, de 21 de noviembre de 1997, en las que instó a los organismos especializados y otras organizaciones y programas del sistema de las Naciones Unidas e invitó a las instituciones financieras internacionales pertinentes a que iniciaran, mantuvieran y promovieran consultas y programas con la Organización de Cooperación Económica y sus instituciones asociadas y les brindaran asistencia con miras al logro de sus objetivos, Recordando su resolución 52/169 M, de 16 de diciembre de 1997, sobre la rehabilitación humana y ecológica y el desarrollo económico de la región de Semipalatinsk en Kazajstán, Teniendo presentes los progresos alcanzados en el proceso de reestructuración de la Organización de Cooperación Económica y considerando que ésta debería tratar de desempeñar un papel más efectivo con miras al desarrollo socioeconómico global de sus Estados miembros en todos los niveles, lo que es 98-77566 /...

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