Consolidación de los logros y aceleración de la labor destinada a combatir y erradicar
la malaria en los países en desarrollo, en particular en África, para 2030
A/RES/72/309
de Asia y el Pacífico para 2030, y alentando a los miembros de la Alianza a que sigan
ejerciendo el liderazgo político al más alto nivel en la lucha contra la malaria en la
región,
Acogiendo con beneplácito también la creación de los Centros Africanos para y
el Control y la Prevención de Enfermedades en 2017 con el fin de establecer sistemas
de vigilancia para la alerta temprana y la respuesta, actuar ante situaciones de
emergencia, desarrollar la capacidad en esta materia y proporcionar conocimientos
técnicos especializados para hacer frente a las emergencias sanitarias de manera
oportuna y eficaz,
Tomando nota de la Estrategia Técnica Mundial contra la Malaria 2016-2030 de
la Organización Mundial de la Salud, aprobada por la Asamblea Mundial de la Salud
en mayo de 2015 6, y el plan Acción e Inversión para Vencer la Malaria 2016-2030 de la
Alianza para Hacer Retroceder el Paludismo, puesto en marcha en la Tercera
Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, que se celebró en
Addis Abeba del 13 al 16 de julio de 2015, que constituyen el marco para lograr reducir
las tasas de incidencia y de mortalidad de la malaria en al menos un 90% para 2030, en
consonancia con la Agenda 2030,
Tomando nota también del marco de acción de la Organización Mundial de la
Salud para una respuesta de emergencia a la resistencia a la artemisinina en la
subregión del Gran Mekong de Asia Sudoriental, puesto en marcha en abril de 2013,
Reafirmando la Declaración de Alma-Ata, aprobada en la Conferencia
Internacional sobre Atención Primaria de la Salud, que se celebró en Alma -Ata del
6 al 12 de septiembre de 1978, y su papel fundamental en la puesta en marcha de la
visión de la Organización Mundial de la Salud sobre la salud para todos,
Reconociendo los vínculos que existen entre los esfuerzos que se están
realizando para lograr las metas establecidas en la Cumbre Extraordinaria de Jefes de
Estado y de Gobierno de la Organización de la Unidad Africana, celebrada en Abuya
los días 24 y 25 de abril de 2000, en cuanto que son necesarios e importantes para la
consecución del objetivo consistente en “Lograr la Regresión de la Malaria” 8, y las
metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para 2010 y 2015, respectivamente,
y acogiendo con beneplácito a este respecto el compromiso asumido por los Estados
Miembros de dar respuesta a las necesidades concretas de África,
Reconociendo también el notable progreso observado en el control mundial de
la malaria entre 2000 y 2015, período durante el cual disminuyó la tasa de mortalidad
en Asia sudoriental en un 44%, en África en un 37% y en América en un 27%, pero
observando con preocupación la tendencia de las tasas de mortalidad al estancamiento
en algunos países y que la comunidad mundial de lucha contra la malaria debe
centrarse más en prestar apoyo a los países en que eliminar la malaria será más difícil,
Reconociendo además que la ampliación continuada de la coordinación
asistencial comunitaria integrada de la malaria, la neumonía y la diarrea en los niños
menos de 5 años de edad en los países con mayor carga, y el fortalecimiento de los
sistemas integrados de suministro de instrumentos de prevención de la malaria serían
una solución eficaz en función de los costos que contribuiría a paliar las deficiencias
de los sistemas hasta que se refuercen los sistemas sanitarios 9, y al mismo tiempo
ayudaría a alcanzar los sectores de la población que corren mayor riesgo de contraer
la malaria,
Recordando que se cumplió la meta relativa a la reducción de la malaria incluida
en el Objetivo 6 de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, con un descenso de la
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Véase A/55/240/Add.1, anexo.
Véase A/71/881, párr. 39.
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