A NACIONES UNIDAS Asamblea General Distr. GENERAL A/RES/53/37 15 de enero de 1999 Quincuagésimo tercer período de sesiones Tema 40 del programa RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/53/L.52 y Add.1)] 53/37. Jerusalén La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 36/120 E, de 10 de diciembre de 1981, 37/123 C, de 16 de diciembre de 1982, 38/180 C, de 19 de diciembre de 1983, 39/146 C, de 14 de diciembre de 1984, 40/168 C, de 16 de diciembre de 1985, 41/162 C, de 4 de diciembre de 1986, 42/209 D, de 11 de diciembre de 1987, 43/54 C, de 6 de diciembre de 1988, 44/40 C, de 4 de diciembre de 1989, 45/83 C, de 13 de diciembre de 1990, 46/82 B, de 16 de diciembre de 1991, 47/63 B, de 11 de diciembre de 1992, 48/59 A, de 14 de diciembre de 1993, 49/87 A, de 16 de diciembre de 1994, 50/22 A, de 4 de diciembre de 1995, 51/27, de 4 de diciembre de 1996, y 52/53, de 9 de diciembre de 1997, en que determinó que todas las medidas y actos legislativos y administrativos de Israel, la Potencia ocupante, que hubieran alterado o tuvieran por objeto alterar el carácter y el estatuto de la Ciudad Santa de Jerusalén y, en particular, la denominada “ley básica” sobre Jerusalén y la proclamación de Jerusalén como capital de Israel, eran nulos y debían revocarse inmediatamente, Recordando también la resolución 478 (1980) del Consejo de Seguridad, de 20 de agosto de 1980, en la que, entre otras cosas, el Consejo decidió no reconocer la “ley básica” y exhortó a los Estados que hubieran establecido representaciones diplomáticas en Jerusalén a que retiraran tales representaciones de la Ciudad Santa, Habiendo examinado el informe del Secretario General1, 1 A/53/550. 99-76150 /...

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