A/RES/48/213
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Tomando nota del Seminario de las Naciones Unidas sobre asistencia al
pueblo palestino, celebrado en la sede de la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura del 26 al 29 de abril
de 1993,
Haciendo hincapié en la necesidad de que las Naciones Unidas participen
plenamente en el proceso de creación de las instituciones palestinas y presten
amplia asistencia al pueblo palestino,
Acogiendo con beneplácito la celebración de la Conferencia de apoyo a la
paz en el Oriente Medio, que tuvo lugar en Washington, D.C. el 1º de octubre
de 1993, y el establecimiento de un grupo de tareas de alto nivel de las
Naciones Unidas para apoyar el desarrollo económico y social del pueblo
palestino,
Habiendo examinado el informe del Secretario General 2/,
1.
Toma nota del informe del Secretario General;
2.
Expresa su reconocimiento al Secretario General por la rapidez de
su respuesta y de sus esfuerzos con respecto a la asistencia al pueblo
palestino;
3.
Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros, a los órganos de
las Naciones Unidas y a las organizaciones intergubernamentales y no
gubernamentales que han prestado y siguen prestando asistencia al pueblo
palestino;
4.
Acoge con beneplácito los resultados de la Conferencia de apoyo a
la paz en el Oriente Medio, celebrada en Washington, D.C. el 1º de octubre de
1993;
5.
Insta a los Estados Miembros, a las instituciones financieras
internacionales del sistema de las Naciones Unidas, a las organizaciones
internacionales intergubernamentales y no gubernamentales y a las
organizaciones regionales e interregionales a que, en estrecha cooperación con
la Organización de Liberación de Palestina y por conducto de las instituciones
oficiales palestinas, brinden con la mayor rapidez y generosidad posibles
asistencia económica y social al pueblo palestino a fin de contribuir al
desarrollo de la Ribera Occidental y de Gaza;
6.
Considera que las Naciones Unidas pueden aportar una contribución
positiva si participan activamente en el suministro de asistencia para la
aplicación de la Declaración de Principios sobre las Disposiciones
relacionadas con un Gobierno Autónomo Provisional, incluidos sus Anexos y sus
Actas Convenidas 1/;
7.
Insta a las organizaciones y a los organismos competentes del
sistema de las Naciones Unidas a que intensifiquen su asistencia en respuesta
a las necesidades urgentes del pueblo palestino y a que mejoren la
coordinación por conducto de un mecanismo apropiado puesto bajo los auspicios
del Secretario General;
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2/
A/48/183-E/1993/74 y Add.1.
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