A/HRC/RES/57/26 Recordando también el informe del Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible relativo a un medio ambiente no tóxico2, en el que este señaló que los habitantes de las Islas Marshall seguían sufriendo los efectos adversos de la radiación de los ensayos nucleares, lo que había dado lugar a una elevada incidencia de casos de cáncer, anomalías congénitas y secuelas psicológicas que continuaban hasta ese momento, y que las mujeres y niñas de las Islas Marshall sufrían de forma desproporcionada casos de cáncer de tiroides y otros tipos de cáncer, así como problemas de salud reproductiva, Habiendo examinado el informe de la Oficina del Alto Comisionado sobre la forma de abordar los retos y los obstáculos que se oponen al pleno ejercicio y disfrute de los derechos humanos de los habitantes de las Islas Marshall, derivados del legado nuclear del Estado3, en el que la Oficina señaló que el legado nuclear no solo era un capítulo de la historia, sino que seguía siendo una realidad para los marshaleses, y recomendó que las Naciones Unidas siguieran prestando asistencia técnica y fomento de la capacidad a las Islas Marshall, a través del Consejo de Derechos Humanos, y prepararan informes posteriores sobre las medidas de justicia transicional para abordar las consecuencias en los derechos humanos del legado nuclear por medio de un enfoque interjurisdiccional, interdisciplinario y que respondiera a las cuestiones de género, Reconociendo la resolución 78/240 de la Asamblea General, de 22 de diciembre de 2023, titulada “Hacer frente al legado de las armas nucleares: facilitar la asistencia a las víctimas y la remediación ambiental en los Estados Miembros afectados por el empleo o el ensayo de armas nucleares”, Observando con aprecio la nota orientativa del Secretario General sobre la justicia de transición como herramienta estratégica en favor de las personas, la prevención y la paz, de 11 de octubre de 2023, Reconociendo con aprecio la solidaridad regional del Foro de las Islas del Pacífico para abordar el legado nuclear en el Pacífico, incluido el de las Islas Marshall, y la puesta en marcha del Equipo de Tareas sobre Cuestiones relacionadas con el Legado Nuclear del Consejo de Organizaciones Regionales del Pacífico, Recordando la resolución 48/13 del Consejo de Derechos Humanos, de 8 de octubre de 2021, y la resolución 76/300 de la Asamblea General, de 28 de julio de 2022, y reafirmando la importancia de un medio ambiente limpio, saludable y sostenible como algo fundamental para el disfrute de todos los derechos humanos, 1. Reafirma la importancia de abordar los efectos adversos del legado nuclear en el ejercicio y disfrute de los derechos humanos por parte de los habitantes de las Islas Marshall; 2. Insta a los Estados, a todos los organismos pertinentes de las Naciones Unidas, como Una ONU, y a otras partes interesadas a que apoyen los esfuerzos del Gobierno de las Islas Marshall para mejorar la salud de sus habitantes y su medio ambiente; 3. Solicita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que coopere con el Gobierno de las Islas Marshall en el ámbito de los derechos humanos y que proporcione asistencia técnica y fomento de la capacidad a la Comisión Nuclear Nacional de las Islas Marshall con el fin de hacer avanzar su estrategia nacional de justicia nuclear y determinar sus necesidades de asistencia técnica y fomento de la capacidad en pro de la justicia de transición en el marco de sus esfuerzos por abordar el legado nuclear; 4. Solicita también a la Oficina del Alto Comisionado que prepare un informe sobre la forma de abordar los retos y los obstáculos que se oponen al pleno ejercicio y disfrute de los derechos humanos de los habitantes de las Islas Marshall, derivados del legado nuclear del Estado, y lo presente al Consejo de Derechos Humanos en su 63 er período de sesiones, 2 3 2 A/HRC/49/53. A/HRC/57/77. GE.24-18727

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