A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/210
16 de febrero de 1996
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 134 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/50/846)]
50/210.
Financiación de la Misión de Observadores de
las Naciones Unidas en Liberia
La Asamblea General,
Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la
financiación de la Misión de Observadores de las Naciones Unidas en Liberia
1/ y teniendo en cuenta el informe conexo presentado oralmente por el
Presidente de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de
Presupuesto 2/,
Recordando la resolución 866 (1993) del Consejo de Seguridad, de 22 de
septiembre de 1993, por la que el Consejo estableció la Misión de Observadores
de las Naciones Unidas en Liberia, y las resoluciones posteriores por las que
el Consejo renovó el mandato de la Misión de Observadores, las últimas de las
cuales fueron la resolución 1014 (1995), de 15 de septiembre de 1995, y la
resolución 1020 (1995), de 10 de noviembre de 1995, por la que el Consejo
ajustó el mandato de la Misión de Observadores,
Recordando también su decisión 48/478, de 23 de diciembre de 1993,
relativa a la financiación de la Misión de Observadores, y sus resoluciones
posteriores sobre la misma cuestión, la última de las cuales fue la resolución
49/232 B, de 12 de julio de 1995,
Reafirmando que los gastos de la Misión de Observadores son gastos de la
Organización que deben ser sufragados por los Estados Miembros de conformidad
con el párrafo 2 del Artículo 17 de la Carta de las Naciones Unidas,
1/
A/50/650 y Add.1.
2/
Véase A/C.5/50/SR.43.
96-76840
/...