A/RES/71/195
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
23 de enero de 2016
Septuagésimo primer período de sesiones
Tema 68 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2016
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/71/484/Add.2)]
71/195. Lucha contra la intolerancia, los estereotipos negativos,
la estigmatización, la discriminación, la incitación a la
violencia y la violencia contra las personas, basados
en la religión o las creencias
La Asamblea General,
Reafirmando el compromiso asumido por todos los Estados en virtud de la
Carta de las Naciones Unidas de promover y fomentar el respeto universal y la
observancia de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales sin hacer
distinción por motivos de religión o creencias, entre otros,
Acogiendo con beneplácito las resoluciones del Consejo de Derechos
Humanos 16/18, de 24 de marzo de 2011 1, 19/25, de 23 de marzo de 2012 2, 22/31,
de 22 de marzo de 2013 3, 28/29, de 27 de marzo de 2015 4, y 31/26, de 24 de marzo
de 2016 5, y las resoluciones de la Asamblea General 67/178, de 20 de diciembre
de 2012, 68/169, de 18 de diciembre de 2013, 69/174, de 18 de diciembre de 2014,
y 70/157, de 17 de diciembre de 2015,
Reafirmando la obligación de los Estados de prohibir la discriminación y la
violencia sobre la base de la religión o las creencias y de adoptar medidas para
garantizar la protección efectiva de la ley en condiciones de igualdad,
Reafirmando también que todos los derechos humanos son universales,
indivisibles e interdependientes y están relacionados entre sí,
Reafirmando además que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y
Políticos 6 dispone, entre otras cosas, que toda persona tiene derecho a la libertad de
pensamiento, de conciencia y de religión o creencias, lo que incluye la libertad de
_______________
1
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo sexto período de sesiones, Suplemento
núm. 53 (A/66/53), cap. II, secc. A.
2
Ibid., sexagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento núm. 53 y corrección (A/67/53 y Corr.2),
cap. III, secc. A.
3
Ibid., sexagésimo octavo período de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/68/53), cap. IV, secc. A.
4
Ibid., septuagésimo período de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/70/53), cap. III, secc. A.
5
Ibid., septuagésimo primer período de sesiones, Suplemento núm. 53 (A/71/53), cap. IV, secc. A.
6
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
16-22567 (S)
*1622567*