Soberanía permanente del pueblo palestino en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y de la población árabe en el Golán sirio ocupado sobre sus recursos naturales A/RES/73/255 Recordando a este respecto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 2 y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 2 y afirmando que estos instrumentos de derechos humanos deben respetarse en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, así como en el Golán sirio ocupado, Recordando también la opinión consultiva emitida el 9 de julio de 2004 por la Corte Internacional de Justicia sobre las consecuencias jurídicas de la construcción de un muro en el Territorio Palestino Ocupado 3, y recordando además sus resoluciones ES-10/15, de 20 de julio de 2004, y ES-10/17, de 15 de diciembre de 2006, Recordando además su resolución 67/19, de 29 de noviembre de 2012, Tomando nota de que Palestina se adhirió a varios tratados de derechos humanos y a los principales tratados de derecho humanitario, así como a otros tratados internacionales, Expresando su preocupación ante la explotación por Israel, la Potencia ocupante, de los recursos naturales del Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental, y de otros territorios árabes ocupados por I srael desde 1967, Expresando su profunda preocupación por la destrucción en gran escala de tierras agrícolas y huertos que Israel, la Potencia ocupante, ha perpetrado en el Territorio Palestino Ocupado, en particular arrancando un gran número de árboles frutales y destruyendo granjas e invernaderos, y por el grave impacto ambiental y económico de esos actos, Expresando su profunda preocupación también por la destrucción generalizada de infraestructura vital, incluidos conductos de agua, redes de alcantarillado y redes de suministro de electricidad, causada por Israel, la Potencia ocupante, en el Territorio Palestino Ocupado, especialmente en la Franja de Gaza durante las operaciones militares llevadas a cabo en julio y agosto de 2014, lo cual, entre otras cosas, ha contaminado el medio ambiente y afecta negativamente al funcionamiento de los sistemas de abastecimiento de agua y saneamiento y el suminist ro de agua y otros recursos naturales del pueblo palestino, y destacando la urgencia de la reconstrucción y el desarrollo de la infraestructura de abastecimiento de agua y otras infraestructuras civiles básicas, incluido el proyecto de la planta de desalinización en la Franja de Gaza, Expresando su profunda preocupación además por los efectos negativos sobre el medio ambiente y sobre los esfuerzos de reconstrucción y desarrollo de las municiones sin detonar que quedan en la Franja de Gaza como consecuencia del conflicto de julio y agosto de 2014, y encomiando los esfuerzos realizados por el Servicio de las Naciones Unidas de Actividades relativas a las Minas para retirarlas en condiciones de seguridad, Expresando su profunda preocupación por la escasez crónica de energía en la Franja de Gaza y el perjuicio que supone para el funcionamiento de las instalaciones de abastecimiento de agua y saneamiento, que amenazan con socavar aún más los recursos hídricos subterráneos, de los que solo el 5 % sigue siendo potable, Recordando el informe del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente de 2009 sobre la grave situación ambiental en la Franja de Gaza, así como los informes pertinentes del equipo de las Naciones Unidas en el país, entre ellos, los titulados “Gaza in 2020: a liveable place?” (Gaza en 2020: ¿un lugar habitable?), __________________ 2 3 2/5 Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. Véase A/ES-10/273 y A/ES-10/273/Corr.1. 18-22636

Seleccionar párrafo de destino3