A/RES/51/193 Página 2 2. Toma nota del informe del Consejo de Seguridad a la Asamblea General en su quincuagésimo primer período de sesiones1, así como de las opiniones expresadas al respecto durante el examen del informe por la Asamblea; 3. Alienta al Consejo de Seguridad a que, en la presentación de sus informes a la Asamblea General, proporcione, de manera oportuna, un recuento sustantivo, analítico y material de su labor; 4. Exhorta al Consejo de Seguridad a adoptar, entre otras, las medidas siguientes en relación con el contenido de sus informes a la Asamblea General en el futuro: a) Incluir, según proceda, información sobre las consultas del pleno celebradas con anterioridad a la adopción de medidas o a las deliberaciones del Consejo sobre cuestiones que competen a su mandato y sobre el proceso que llevó a la adopción de esas medidas; b) Incluir las decisiones y las recomendaciones de los órganos subsidiarios del Consejo, en particular los comités de sanciones, o dar cuenta de la marcha de sus trabajos; c) Indicar en qué medida ha tenido el Consejo de Seguridad en cuenta, para adoptar decisiones, las resoluciones de la Asamblea General sobre cuestiones que competen tanto a la Asamblea como al Consejo; d) Reforzar aún más la sección del informe relativa a las medidas adoptadas por el Consejo para mejorar sus métodos de trabajo; e) Incluir información sobre las solicitudes recibidas de conformidad con el Artículo 50 de la Carta y sobre las medidas adoptadas por el Consejo a ese respecto; 5. Alienta al Consejo de Seguridad a presentar informes especiales de conformidad con los Artículos 15 y 24 de la Carta; 6. Pide que el informe anual del Consejo de Seguridad esté disponible antes de que comience el debate general de la Asamblea General; 7. Pide al Presidente de la Asamblea General que plantee al Presidente del Consejo de Seguridad, durante su reunión oficiosa mensual y cuando se estime conveniente, las cuestiones que se señalan en la presente resolución y que informe a la Asamblea acerca de las medidas adoptadas por el Consejo a este respecto; 8. Invita al Consejo de Seguridad a que, valiéndose de un procedimiento o mecanismo apropiado, ponga al día periódicamente a la Asamblea General sobre las medidas que haya adoptado o que esté considerando para mejorar la presentación de sus informes a la Asamblea. 87a. sesión plenaria 17 de diciembre de 1996 1 A/51/2; véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo primer período de sesiones, Suplemento No. 2.

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