A/HRC/RES/34/32
Expresando profunda preocupación por los actos que constituyen una apología del
odio religioso y, por consiguiente, socavan el espíritu de tolerancia,
Reafirmando que el terrorismo, en todas sus formas y manifestaciones, no puede ni
debe asociarse a ninguna religión, nacionalidad, civilización o grupo étnico,
Reafirmando también que la violencia nunca puede ser una respuesta aceptable a los
actos de intolerancia por motivos de religión o de creencias,
Reafirmando además la contribución positiva que el ejercicio del derecho a la
libertad de opinión y de expresión, y el pleno respeto de la libertad de buscar, recibir y
difundir información, pueden aportar al fortalecimiento de la democracia y la lucha contra
la intolerancia religiosa,
Reafirmando la contribución positiva de la educación y la formación en materia de
derechos humanos a la promoción de la tolerancia, la no discriminación y la igualdad,
Profundamente preocupado por los casos de intolerancia, discriminación y violencia
contra las personas por motivos de religión o de creencias que se están produciendo en
todas las regiones del mundo,
Deplorando toda apología de la discriminación o la violencia por motivos de
religión o de creencias,
Deplorando profundamente todos los actos de violencia contra las personas por
motivos de religión o de creencias y todo acto de este tipo dirigido contra sus hogares,
empresas, propiedades, escuelas, centros culturales o lugares de culto,
Preocupado por las acciones que intencionadamente explotan las tensiones o se
dirigen específicamente contra personas por motivos de religión o de creencias,
Observando con profunda preocupación los casos de intolerancia, discriminación y
actos de violencia en muchas partes del mundo, en particular los casos motivados por la
discriminación contra personas pertenecientes a minorías religiosas, además de la
proyección de una imagen negativa de los creyentes y la aplicación de medidas que
discriminan específicamente a personas por motivos de religión o de creencias,
Expresando preocupación por las crecientes manifestaciones de intolerancia basadas
en la religión o las creencias que pueden generar odio y violencia entre personas de
naciones diferentes y de una misma nación, lo cual puede tener serias repercusiones a nivel
nacional, regional e internacional, y, a ese respecto, poniendo de relieve la importancia del
respeto de la diversidad religiosa y cultural y del diálogo interconfesional e intercultural,
que tienen como objetivo fomentar una cultura de tolerancia y respeto entre las personas,
las sociedades y las naciones,
Reconociendo la valiosa aportación de las personas de todas las religiones o
creencias a la humanidad, así como la contribución que el diálogo entre los grupos
religiosos puede hacer para que se comprendan y conozcan mejor los valores comunes que
comparte toda la humanidad,
Reconociendo también que la cooperación para mejorar la aplicación de los
regímenes jurídicos vigentes que protegen a las personas contra la discriminación y los
delitos motivados por prejuicios, intensificar las iniciativas interconfesionales e
interculturales y ampliar la enseñanza de los derechos humanos es un primer paso
importante para combatir los casos de intolerancia, discriminación y violencia contra las
personas por motivos de religión o de creencias,
Tomando nota de la resolución 68/127 de la Asamblea General titulada “Un mundo
contra la violencia y el extremismo violento”, aprobada por consenso por la Asamblea el
18 de diciembre de 2013, y acogiendo con beneplácito el papel destacado que desempeña la
Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en la
promoción del diálogo intercultural, la labor de la Alianza de Civilizaciones de las
Naciones Unidas y la Fundación Euromediterránea Anna Lindh para el Diálogo entre las
Culturas y la labor del Centro Internacional Rey Abdullah Bin Abdulaziz para el Diálogo
Interreligioso e Intercultural en Viena, y la resolución 65/5 de la Asamblea, de 20 de
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GE.17-05883