A/HRC/RES/34/32 Expresando profunda preocupación por los actos que constituyen una apología del odio religioso y, por consiguiente, socavan el espíritu de tolerancia, Reafirmando que el terrorismo, en todas sus formas y manifestaciones, no puede ni debe asociarse a ninguna religión, nacionalidad, civilización o grupo étnico, Reafirmando también que la violencia nunca puede ser una respuesta aceptable a los actos de intolerancia por motivos de religión o de creencias, Reafirmando además la contribución positiva que el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y de expresión, y el pleno respeto de la libertad de buscar, recibir y difundir información, pueden aportar al fortalecimiento de la democracia y la lucha contra la intolerancia religiosa, Reafirmando la contribución positiva de la educación y la formación en materia de derechos humanos a la promoción de la tolerancia, la no discriminación y la igualdad, Profundamente preocupado por los casos de intolerancia, discriminación y violencia contra las personas por motivos de religión o de creencias que se están produciendo en todas las regiones del mundo, Deplorando toda apología de la discriminación o la violencia por motivos de religión o de creencias, Deplorando profundamente todos los actos de violencia contra las personas por motivos de religión o de creencias y todo acto de este tipo dirigido contra sus hogares, empresas, propiedades, escuelas, centros culturales o lugares de culto, Preocupado por las acciones que intencionadamente explotan las tensiones o se dirigen específicamente contra personas por motivos de religión o de creencias, Observando con profunda preocupación los casos de intolerancia, discriminación y actos de violencia en muchas partes del mundo, en particular los casos motivados por la discriminación contra personas pertenecientes a minorías religiosas, además de la proyección de una imagen negativa de los creyentes y la aplicación de medidas que discriminan específicamente a personas por motivos de religión o de creencias, Expresando preocupación por las crecientes manifestaciones de intolerancia basadas en la religión o las creencias que pueden generar odio y violencia entre personas de naciones diferentes y de una misma nación, lo cual puede tener serias repercusiones a nivel nacional, regional e internacional, y, a ese respecto, poniendo de relieve la importancia del respeto de la diversidad religiosa y cultural y del diálogo interconfesional e intercultural, que tienen como objetivo fomentar una cultura de tolerancia y respeto entre las personas, las sociedades y las naciones, Reconociendo la valiosa aportación de las personas de todas las religiones o creencias a la humanidad, así como la contribución que el diálogo entre los grupos religiosos puede hacer para que se comprendan y conozcan mejor los valores comunes que comparte toda la humanidad, Reconociendo también que la cooperación para mejorar la aplicación de los regímenes jurídicos vigentes que protegen a las personas contra la discriminación y los delitos motivados por prejuicios, intensificar las iniciativas interconfesionales e interculturales y ampliar la enseñanza de los derechos humanos es un primer paso importante para combatir los casos de intolerancia, discriminación y violencia contra las personas por motivos de religión o de creencias, Tomando nota de la resolución 68/127 de la Asamblea General titulada “Un mundo contra la violencia y el extremismo violento”, aprobada por consenso por la Asamblea el 18 de diciembre de 2013, y acogiendo con beneplácito el papel destacado que desempeña la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura en la promoción del diálogo intercultural, la labor de la Alianza de Civilizaciones de las Naciones Unidas y la Fundación Euromediterránea Anna Lindh para el Diálogo entre las Culturas y la labor del Centro Internacional Rey Abdullah Bin Abdulaziz para el Diálogo Interreligioso e Intercultural en Viena, y la resolución 65/5 de la Asamblea, de 20 de 2 GE.17-05883

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