S/RES/2352 (2017) Reiterando su profunda preocupación por la falta de administración pública y estado de derecho en la zona de Abyei, debido a los continuos retrasos en el establecimiento de la Administración y el Consejo y la Policía de la Zona de Abyei, incluida una unidad especial que se ocupe de las cuestiones particulares relacionadas con la migración de grupos nómadas, que son esenciales para mantener el orden público y prevenir los conflictos entre comunidades en Abyei, y acogiendo con beneplácito, a este respecto, los esfuerzos de la UNISFA por apoyar a los comités de protección comunitaria y reforzarlos, y por seguir colaborando con ambos Gobiernos sobre esta cuestión, Observando con preocupación la continua demora en el establecimiento de las instituciones provisionales y en la solución del estatuto definitivo de Abyei y que la continua amenaza de violencia entre comunidades contribuye a que aumenten las tensiones en la zona de Abyei, incluidas las constantes tensiones que impiden al personal sudanés de la UNISFA y de otros organismos regresar a Abyei, Instando a todas las partes a que se abstengan de realizar cualquier acción unilateral que pueda empeorar las relaciones entre comunidades dentro de la zona de Abyei, expresando preocupación por las consecuencias que sigue teniendo lo que el Consejo de Paz y Seguridad de la Unión Africana describió en su comunicado de prensa de 6 de noviembre de 2013 como “la decisión de los dinka ngok de organizar un referendo unilateral”, y también, en este contexto, tomando nota de que el Gobierno del Sudán procedió a celebrar sus elecciones nacionales de abril de 2015 en Abyei, Teniendo presentes la situación humanitaria actual, en que los agentes humanitarios siguen proporcionando asistencia a 160.000 personas en la zona de Abyei, y la importancia de que la asistencia que prestan las Naciones Unidas en la región sea coherente, y destacando la urgencia de facilitar la prestación de asistencia humanitaria a todas las poblaciones afectadas, Afirmando la importancia del regreso voluntario, sin peligro y con dignidad de los desplazados y su reintegración sostenible, y de que los ciclos de migración sean pacíficos y ordenados y respeten las rutas migratorias tradicio nales desde el Sudán hacia Sudán del Sur a través de Abyei, e instando a la UNISFA a que siga tomando las medidas necesarias para garantizar la seguridad en la zona de Abyei de conformidad con su mandato, Recordando su resolución 2117 (2013) y expresando grave preocupación por la amenaza que representan para la paz y la seguridad de Abyei la transferencia ilícita de armas pequeñas y armas ligeras, su acumulación desestabilizadora y su uso indebido, acogiendo con beneplácito que se hayan finalizado la infraestructura, los sistemas y las políticas de decomiso, almacenamiento y destrucción de armas, y exhortando a la UNISFA a que se ocupe de proteger debidamente esa infraestructura, Expresando preocupación por la amenaza residual de las minas terrestres y los restos explosivos de guerra existentes en la zona de Abyei, que obstaculiza el regreso sin peligro de los desplazados a sus hogares, la migración en condiciones de seguridad y las actividades de subsistencia, Tomando nota de los informe del Secretario General de 5 de abril de 2017 y 11 de abril de 2017 (S/2017/293 y S/2017/312), incluida la exhortación hecha por el Secretario General a las partes para que renueven sus esfuerzos por resolver las cuestiones que siguen pendientes, aplicar el Acuerdo de Abyei de 20 de junio de 2011 y retirar todos los obstáculos operacionales a que se enfrenta la UNISFA, Recordando que en su resolución 2205 (2015) acogió con beneplácito la decisión del Secretario General de nombrar un jefe civil de la misión, 4/9 17-07830

Seleccionar párrafo de destino3