S/RES/2352 (2017)
el Comité Conjunto de Investigación en la Zona de Abyei sobre la muerte de un
integrante de las fuerzas de paz de la UNISFA y del jefe supremo de los dinka ngok,
acoge con beneplácito el comunicado de prensa emitido por el Consejo de Paz y
Seguridad de la Unión Africana el 24 de marzo de 2015, en el que se solicitaba a la
Comisión de la Unión Africana que interactuara con las partes respecto de las
conclusiones y recomendaciones citadas, y reitera la necesidad de que las dos
comunidades puedan dar por concluida la cuestión del magnicidio d el jefe supremo
de los dinka ngok, teniendo presente la necesidad de promover la estabilidad y la
reconciliación en la zona de Abyei;
22. Expresa su intención de seguir examinando, según proceda, el mandato
de la UNISFA con miras a una posible reconfiguración de la fuerza en función del
cumplimiento por el Sudán y Sudán del Sur de las decisiones que figuran en su
resolución 2046 (2012) y los compromisos asumidos por ambas partes en los
Acuerdos de 20 de junio, 29 de junio y 30 de julio de 2011 y 27 de septiembre de
2012, que incluyen el repliegue de todas las fuerzas de la ZFDS, el logro de la plena
capacidad operacional del MCVVF y los comités ad hoc, y la desmilitarización
completa de la zona de Abyei;
23. Exhorta a todos los Estados Miembros, en particular al Sudán y a Sudán
del Sur, a que aseguren el traslado libre, sin trabas y rápido a Abyei y desde Abyei,
y en toda la ZFDS, de todo el personal, así como del equipo, las provisiones, los
suministros y otros bienes, incluidos los vehículos, las aeronaves y las piezas de
repuesto, que sean de uso exclusivo y oficial de la UNISFA;
24. Renueva su exhortación a los Gobiernos del Sudán y de Sudán del Sur a
que presten total apoyo a las Naciones Unidas, entre otros medios, expidiendo con
prontitud los visados de entrada en el Sudán y Sudán del Sur para el personal
militar, policial y civil de las Naciones Unidas, incluido el personal humanitario,
independientemente de su nacionalidad, facilitando los arreg los relativos a su base,
la construcción de infraestructura en la zona de la misión y la autorización de
vuelos, y proporcionando apoyo logístico, exhorta a los Gobiernos del Sudán y de
Sudán del Sur a que faciliten los viajes desde el interior del Sudán y de Sudán del
Sur hacia Abyei y viceversa, y exhorta también a todas las partes a que cumplan
plenamente las obligaciones contraídas en virtud de los acuerdos sobre el estatuto de
las fuerzas;
25. Reconoce que la ausencia de proyectos de desarrollo y la incapacidad
para prestar servicios públicos básicos han tenido un efecto negativo en las
poblaciones de Abyei, y exhorta al Gobierno del Sudán y al Gobierno de Sudán del
Sur, así como a los donantes, a que apoyen la reconstrucción y el desarrollo de la
capacidad;
26. Exige que el Gobierno del Sudán y el Gobierno de Sudán del Sur sigan
facilitando el despliegue del Servicio de las Naciones Unidas de Actividades
Relativas a las Minas (UNMAS) para asegurar la libertad de circulación del
MCVVF, así como la detección y remoción de minas en la zona de Abyei y la
ZFDS;
27. Exige también que todas las partes involucradas proporcionen a todo el
personal humanitario acceso pleno, sin trabas y en condiciones de seguridad a los
civiles necesitados de asistencia y todos los medios necesarios para sus operaciones,
de conformidad con el derecho internacional, incluidas las disposiciones aplicables
del derecho internacional humanitario, y con los principios rectores de la asistencia
humanitaria de las Naciones Unidas;
28. Insta encarecidamente a todas las partes a que pongan fin a todas las
formas de violencia, las vulneraciones y los abusos contra los derechos humanos,
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