A/HRC/RES/51/8
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
12 de octubre de 2022
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
51er período de sesiones
12 de septiembre a 7 de octubre de 2022
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 6 de octubre de 2022
51/8.
Detención arbitraria
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando los artículos 3, 9, 10 y 29 y otras disposiciones pertinentes de la
Declaración Universal de Derechos Humanos,
Recordando los artículos 9 a 11 y 14 a 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles
y Políticos,
Recordando también las resoluciones de la Comisión de Derechos Humanos 1991/42,
de 5 de marzo de 1991, y 1997/50, de 15 de abril de 1997, y las resoluciones del Consejo de
Derechos Humanos 6/4, de 28 de septiembre de 2007, 10/9, de 26 de marzo de 2009, 15/18,
de 30 de septiembre de 2010, 20/16, de 6 de julio de 2012, 24/7, de 26 de septiembre de 2013,
33/30, de 30 de septiembre de 2016, y 42/22, de 26 de septiembre de 2019,
Recordando además la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo
de 2006, relativa al Consejo de Derechos Humanos,
Recordando las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1, sobre la
construcción institucional del Consejo, y 5/2, sobre el Código de Conducta para los Titulares
de Mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo, de 18 de junio de 2007, y
destacando que los titulares de mandatos deberán desempeñar sus funciones de conformidad
con esas resoluciones y sus anexos,
1.
Reconoce que la detención arbitraria es una violación del derecho a la libertad;
2.
Reconoce también que las personas que son privadas de su libertad de manera
ilegal o arbitraria son vulnerables a las ejecuciones extrajudiciales, la tortura y otros tratos o
penas crueles, inhumanos o degradantes, la desaparición forzada y otros abusos y violaciones
de los derechos humanos, como la violencia sexual y de género;
3.
Reconoce además el derecho a la asistencia jurídica, la importancia de que
dicha asistencia sea rápida y eficaz, y la importancia primordial de llevar un registro de las
personas recluidas para evitar casos de privación arbitraria de la libertad;
4.
Arbitraria;
GE.22-16499 (S)
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Destaca la importancia de la labor del Grupo de Trabajo sobre la Detención
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