A/RES/56/198 Subrayando la necesidad de concluir sin demora la labor cuantitativa y analítica sobre el índice de vulnerabilidad, solicitada en el documento de examen aprobado por la Asamblea General en su vigésimo segundo período extraordinario de sesiones, teniendo en cuenta la resolución 2001/43 del Consejo Económico y Social, de 24 de octubre de 2001, especialmente el párrafo 6, y subrayando la importancia de esta labor para las actividades del Comité de Políticas de Desarrollo relacionadas con los criterios para determinar, designar y calificar a los países menos adelantados, y su importancia para los pequeños Estados insulares en desarrollo pertinentes, 1. Toma nota del informe del Secretario General 9; 2. Reitera la urgente necesidad de ejecutar de forma sólida y efectiva el Programa de Acción para el Desarrollo Sostenible de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo 2, y la Declaración y el documento de examen aprobados por la Asamblea General en su vigésimo segundo período extraordinario de sesiones3 para asistir a esos Estados en sus esfuerzos por fomentar su capacidad de lograr el desarrollo sostenible; 3. Celebra las actividades emprendidas en los planos nacional, subregional y regional para ejecutar el Programa de Acción; 4. Invita a los órganos y organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas y a las comisiones y organizaciones regionales a que, en el contexto de sus respectivos mandatos, incorporen en sus programas medidas para la ejecución del Programa de Acción; 5. Invita a los donantes, así como a los órganos y organismos pertinentes de las Naciones Unidas y a otras organizaciones regionales e internacionales, a que presten apoyo adecuado a la reunión interregional de los pequeños Estados insulares en desarrollo de preparación para la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible; 6. Invita a todas las partes interesadas, a las organizaciones no gubernamentales y al sector privado a que participen plenamente en las actividades indicadas para la ejecución ulterior y el seguimiento eficaz del Programa de Acción; 7. Insta a todas las organizaciones pertinentes a que concluyan cuanto antes la labor sobre la elaboración de un índice de vulnerabilidad, teniendo en cuenta las circunstancias y necesidades específicas de los pequeños Estados insulares en desarrollo; 8. Acoge con beneplácito el fortalecimiento de la Dependencia de Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, y pide al Secretario General que estudie la forma de seguir fortaleciendo la Dependencia, entre otras cosas, estableciendo la Red de Información de los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo en la Dependencia y ayudando a los pequeños Estados insulares en desarrollo, entre otras cosas mediante asesoramiento sobre la ejecución de proyectos y asistencia en la determinación de sus necesidades de fomento de la capacidad a largo y a corto plazo por medio de la coordinación con las instituciones regionales e internacionales, y que presente propuestas a ese respecto; 9. Exhorta al Secretario General a que examine nuevos medios eficaces en función de los costos, con miras a aumentar y mejorar la coordinación de las actividades en todo el sistema de las Naciones Unidas, así como la difusión de _______________ 9 A/56/170. 3

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