A/RES/57/56 Teniendo presente el párrafo 59 del Documento Final del décimo período extraordinario de sesiones de la Asamblea General 1, primer período extraordinario de sesiones dedicado al desarme, en que se instó a los Estados poseedores de armas nucleares a que siguieran desplegando esfuerzos para concertar, según procediese, arreglos eficaces con miras a dar garantías a los Estados que no poseían armas nucleares contra el empleo o la amenaza del empleo de armas nucleares, y deseosa de fomentar la aplicación de las disposiciones pertinentes del Documento Final, Recordando las partes pertinentes del informe especial del Comité de Desarme 2, presentado a la Asamblea General en su duodécimo período extraordinario de sesiones 3, segundo período extraordinario de sesiones dedicado al desarme, y del informe especial de la Conferencia de Desarme presentado a la Asamblea General en su decimoquinto período extraordinario de sesiones 4, tercer período extraordinario de sesiones dedicado al desarme, así como el informe de la Conferencia sobre su período de sesiones de 1992 5, Recordando también el párrafo 12 de la Declaración del decenio de 1980 Segundo Decenio para el Desarme, que figura en el anexo de su resolución 35/46, de 3 de diciembre de 1980, en que se indica, entre otras cosas, que el Comité de Desarme debe hacer todos los esfuerzos necesarios por celebrar negociaciones con urgencia con miras a llegar a acuerdos sobre arreglos internacionales eficaces que den garantías a los Estados que no poseen armas nucleares contra el empleo o la amenaza del empleo de armas nucleares, Considerando las detalladas negociaciones celebradas en la Conferencia de Desarme y su Comité ad hoc sobre acuerdos internacionales eficaces que den garantías a los Estados no poseedores de armas nucleares contra el empleo o la amenaza del empleo de esas armas 6, con miras a llegar a un acuerdo sobre la cuestión, Tomando nota de las propuestas presentadas en relación con el tema a la Conferencia de Desarme, incluidos los proyectos de una convención internacional, Tomando nota también de la decisión pertinente de la 12ª Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países No Alineados, celebrada en Durban (Sudáfrica), del 29 de agosto al 3 de septiembre de 1998 7, así como de las recomendaciones pertinentes de la Organización de la Conferencia Islámica, Tomando nota además de las declaraciones unilaterales hechas por todos los Estados poseedores de armas nucleares sobre su política de no emplear ni amenazar con emplear armas nucleares contra los Estados que no las poseen, Observando el apoyo expresado en la Conferencia de Desarme y en la Asamblea General a la elaboración de una convención internacional para dar garantías a los Estados que no poseen armas nucleares contra el empleo o la amenaza del empleo de armas nucleares, así como las dificultades que han surgido, _______________ 1 Resolución S-10/2. Desde el 7 de febrero de 1984, el Comité de Desarme pasó a denominarse Conferencia de Desarme. 3 Documentos Oficiales de la Asamblea General, duodécimo período extraordinario de sesiones, Suplemento No. 2 (A/S-12/2), secc. III.C. 4 Ibíd., decimoquinto período extraordinario de sesiones, Suplemento No. 2 (A/S-15/2), secc. III.F. 5 Ibíd., cuadragésimo séptimo período de sesiones, Suplemento No. 27 (A/47/27), secc. III.F. 6 Ibíd., cuadragésimo octavo período de sesiones, Suplemento No. 27 (A/48/27), párr. 39. 7 Véase A/53/667-S/1998/1071, anexo I. 2 2

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos