A/RES/49/156 Página 2 de su mandato, como se pone de manifiesto en el informe del Secretario General sobre los progresos alcanzados por el Instituto Interregional de las Naciones Unidas para Investigaciones sobre la Delincuencia y la Justicia y otros institutos 2/; 2. Expresa su reconocimiento a los gobiernos y a los organismos intergubernamentales que han apoyado al Instituto en el cumplimiento de sus funciones; 3. Exhorta a los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales a que presten apoyo técnico y financiero al Instituto para que pueda cumplir sus objetivos, especialmente los relativos a la capacitación, la asistencia técnica, la orientación en materia de políticas, la investigación y la reunión de datos; 4. Pide al Secretario General que vele por que se proporcionen recursos suficientes al Instituto, dentro de los límites de las consignaciones generales del presupuesto por programas y con cargo a los recursos extrapresupuestarios, y que, de conformidad con el párrafo 32 de la sección II de la resolución 48/228 de la Asamblea General, de 23 de diciembre de 1993, presente propuestas respecto de la financiación adicional que pueda necesitar el Instituto; 5. Pide también al Secretario General que proponga que se proporcionen recursos adicionales al Instituto en el contexto de su proyecto de presupuesto por programas para el bienio 1996-1997; 6. Pide al Administrador del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo que siga aportando fondos adecuados para el fortalecimiento institucional y la ejecución del programa de trabajo del Instituto, teniendo en cuenta la difícil situación económica y financiera con que se enfrentan muchos países de la región africana; 7. Pide al Secretario General que se asegure debidamente de que todos los interesados apliquen lo dispuesto en la presente resolución y que informe al respecto a la Asamblea General en su quincuagésimo período de sesiones y a la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal en su cuarto período de sesiones. 94a. sesión plenaria 23 de diciembre de 1994 2/ E/CN.15/1994/10, párrs. 71 a 84.

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