A/RES/55/24
proceso de reconciliación y reintegración, y observando, no obstante, los lentos
progresos del desarrollo de las instituciones comunes de Bosnia y Herzegovina,
Preocupada por los constantes obstáculos con que tropiezan los refugiados y
las personas desplazadas que desean regresar a sus hogares de antes de la guerra,
sobre todo en las zonas en las que constituirían una minoría étnica, destacando
la necesidad de un compromiso sin reservas de todas las autoridades políticas,
incluso en los planos de las entidades y local, destacando asimismo la necesidad de
que todas las partes y los Estados y organizaciones internacionales que corresponda
creen las condiciones necesarias para facilitar un regreso seguro y digno,
especialmente en las zonas urbanas como Sarajevo, Banja Luka y Mostar, e
insistiendo en la necesidad de un planteamiento regional de la cuestión de los
refugiados y las personas desplazadas,
Apoyando plenamente la labor del Tribunal Internacional para el
enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho
internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991,
recalcando la importancia y la urgencia de la labor del Tribunal como factor del
proceso de reconciliación y como contribución al mantenimiento de la paz y la
seguridad internacionales en Bosnia y Herzegovina y en la región en general,
exigiendo que los Estados y las partes en el Acuerdo de Paz cumplan su obligación
de cooperar plenamente con el Tribunal, como se pide en las resoluciones del
Consejo de Seguridad 827 (1993), de 25 de mayo de 1993, 1022 (1995), de 22 de
noviembre de 1995, y 1207 (1998), de 17 de noviembre de 1998, incluso en lo
relativo a entregar a las personas buscadas por el Tribunal, y observando con
satisfacción las gestiones encaminadas al cumplimiento de las órdenes del Tribunal,
con arreglo al mandato del Consejo de Seguridad,
Tomando nota del mejoramiento de la cooperación entre el Tribunal
Internacional y los Estados y entidades de la región, según se indica en el séptimo
informe anual del Tribunal 2, tomando nota también de que siguen en libertad
algunas personas mencionadas en autos de acusación públicos, exhortando a todos
los Estados y entidades en la región a que continúen mejorando la cooperación y a
que cumplan plenamente sus obligaciones, y acogiendo con satisfacción la labor que
realizan el Alto Representante para la aplicación del Acuerdo de Paz en Bosnia y
Herzegovina y el Comandante de la Fuerza Multinacional de Estabilización para
poner en práctica las disposiciones del Acuerdo de Paz,
Observando con satisfacción el reconocimiento mutuo de todos los Estados
sucesores de la ex República Federativa Socialista de Yugoslavia dentro de sus
fronteras internacionalmente reconocidas y destacando la importancia de que se
normalicen plenamente las relaciones entre esos Estados, incluso con el
establecimiento incondicional de relaciones diplomáticas, de conformidad con el
Acuerdo de Paz, y de que se resuelvan todos los problemas relativos a la sucesión de
la ex Yugoslavia sobre la base de la igualdad jurídica de los cinco Estados
sucesores, con objeto de contribuir a la paz y la estabilidad duraderas de la región,
Observando el mejoramiento significativo de las relaciones entre Bosnia y
Herzegovina y la República de Croacia después de las elecciones celebradas en
Croacia en enero de 2000,
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Véase A/55/273–S/2000/777.