A/RES/55/24 proceso de reconciliación y reintegración, y observando, no obstante, los lentos progresos del desarrollo de las instituciones comunes de Bosnia y Herzegovina, Preocupada por los constantes obstáculos con que tropiezan los refugiados y las personas desplazadas que desean regresar a sus hogares de antes de la guerra, sobre todo en las zonas en las que constituirían una minoría étnica, destacando la necesidad de un compromiso sin reservas de todas las autoridades políticas, incluso en los planos de las entidades y local, destacando asimismo la necesidad de que todas las partes y los Estados y organizaciones internacionales que corresponda creen las condiciones necesarias para facilitar un regreso seguro y digno, especialmente en las zonas urbanas como Sarajevo, Banja Luka y Mostar, e insistiendo en la necesidad de un planteamiento regional de la cuestión de los refugiados y las personas desplazadas, Apoyando plenamente la labor del Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991, recalcando la importancia y la urgencia de la labor del Tribunal como factor del proceso de reconciliación y como contribución al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales en Bosnia y Herzegovina y en la región en general, exigiendo que los Estados y las partes en el Acuerdo de Paz cumplan su obligación de cooperar plenamente con el Tribunal, como se pide en las resoluciones del Consejo de Seguridad 827 (1993), de 25 de mayo de 1993, 1022 (1995), de 22 de noviembre de 1995, y 1207 (1998), de 17 de noviembre de 1998, incluso en lo relativo a entregar a las personas buscadas por el Tribunal, y observando con satisfacción las gestiones encaminadas al cumplimiento de las órdenes del Tribunal, con arreglo al mandato del Consejo de Seguridad, Tomando nota del mejoramiento de la cooperación entre el Tribunal Internacional y los Estados y entidades de la región, según se indica en el séptimo informe anual del Tribunal 2, tomando nota también de que siguen en libertad algunas personas mencionadas en autos de acusación públicos, exhortando a todos los Estados y entidades en la región a que continúen mejorando la cooperación y a que cumplan plenamente sus obligaciones, y acogiendo con satisfacción la labor que realizan el Alto Representante para la aplicación del Acuerdo de Paz en Bosnia y Herzegovina y el Comandante de la Fuerza Multinacional de Estabilización para poner en práctica las disposiciones del Acuerdo de Paz, Observando con satisfacción el reconocimiento mutuo de todos los Estados sucesores de la ex República Federativa Socialista de Yugoslavia dentro de sus fronteras internacionalmente reconocidas y destacando la importancia de que se normalicen plenamente las relaciones entre esos Estados, incluso con el establecimiento incondicional de relaciones diplomáticas, de conformidad con el Acuerdo de Paz, y de que se resuelvan todos los problemas relativos a la sucesión de la ex Yugoslavia sobre la base de la igualdad jurídica de los cinco Estados sucesores, con objeto de contribuir a la paz y la estabilidad duraderas de la región, Observando el mejoramiento significativo de las relaciones entre Bosnia y Herzegovina y la República de Croacia después de las elecciones celebradas en Croacia en enero de 2000, 2 2 Véase A/55/273–S/2000/777.

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