A/HRC/RES/58/24 política, y a procurar su desarrollo económico, social y cultural, de conformidad con el derecho internacional, Reafirmando también que los Estados tienen la responsabilidad primordial de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos, Reconociendo que el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario son complementarios y se refuerzan mutuamente, Condenando enérgicamente la guerra de agresión librada por la Federación de Rusia contra Ucrania en violación del Artículo 2, párrafo 4, de la Carta, Expresando gran preocupación por la crisis humanitaria y de derechos humanos en curso en Ucrania, en particular por las denuncias de una gran variedad de abusos y violaciones graves y sistemáticos del derecho internacional de los derechos humanos y de vulneraciones del derecho internacional humanitario, y de delitos conexos, que han tenido lugar en el contexto de la guerra de agresión librada por la Federación de Rusia contra Ucrania, y recordando las firmes expresiones de preocupación que han formulado el Secretario General, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre Ucrania, los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos y los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, Reafirmando la importancia de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio y recordando que las vulneraciones masivas, graves y sistemáticas de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario pueden conducir a un genocidio, Recordando los informes del Secretario General y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos basados en la labor de la misión de vigilancia de los derechos humanos en Ucrania establecida en 2014, y los informes pertinentes de las misiones de expertos del Mecanismo de Moscú de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, Condenando enérgicamente los continuos ataques con misiles y drones contra civiles y bienes de carácter civil en toda Ucrania y el uso indiscriminado de armas explosivas con efectos de amplio alcance en zonas densamente pobladas, que han causado numerosas bajas civiles, incluidos niños, y los daños y la destrucción de zonas residenciales y de infraestructura civil crítica, incluidas infraestructuras portuarias y agrícolas, de agua y saneamiento, de suministro de combustible y de telecomunicaciones, y observando que estos ataques han privado a gran parte de la población civil de agua y saneamiento, y de calefacción, en particular durante los fríos meses de invierno, y siguen obstaculizando el acceso a servicios esenciales, como ha informado la Comisión de Investigación, que son indispensables para la supervivencia de la población civil, Expresando gran preocupación ante la conclusión de la Comisión de Investigación de que las continuas oleadas de ataques a gran escala llevadas a cabo por la Federación de Rusia contra la infraestructura relacionada con la energía, incluidas las instalaciones nucleares y sus inmediaciones, en particular la central nuclear ucraniana de Zaporizhzhia, han provocado apagones que en ocasiones han afectado a millones de civiles, y observando la conclusión de la Comisión de que dichas oleadas de ataques de las fuerzas armadas rusas contra infraestructuras ucranianas relacionadas con la energía pueden constituir crímenes de lesa humanidad, Condenando enérgicamente todos los ataques que afectan a las instalaciones de salud, así como al personal sanitario, y recordando la obligación que impone el derecho internacional humanitario de proteger los bienes de carácter civil, incluidas las instalaciones de salud, y conocedor de que tales ataques, que tienen repercusiones inmediatas y duraderas y privan a las comunidades de los servicios de salud que tanto necesitan, menoscaban el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Alarmado por las informaciones del uso de los llamados ataques de doble impacto, que son ataques sucesivos en el mismo lugar en un intervalo de tiempo relativamente corto y que afectan especialmente a los equipos de respuesta inicial, incluido el personal médico, y 2 GE.25-05544

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