A/HRC/RES/20/10*
prioridades de los países deudores para asignar los recursos de forma que se logre un
desarrollo equilibrado que propicie la efectividad general de los derechos humanos;
20.
Destaca también que los programas de reforma económica adoptados de
resultas de la deuda externa deben potenciar al máximo el espacio de políticas que permita
a los países en desarrollo mantener sus iniciativas de desarrollo nacionales, teniendo en
cuenta las opiniones de los interesados pertinentes a fin de hacer posible un desarrollo
equilibrado que propicie la efectividad general de todos los derechos humanos;
21.
Destaca además que los programas económicos derivados del alivio y la
cancelación de la deuda externa no deben reproducir las políticas anteriores de ajuste
estructural que no hayan dado resultado, como las exigencias dogmáticas de privatización y
la reducción de los servicios públicos;
22.
Exhorta a los Estados, al Fondo Monetario Internacional y al Banco Mundial
a que sigan cooperando estrechamente para asegurarse de que los recursos adicionales
disponibles gracias a la Iniciativa en favor de los países pobres muy endeudados, el Fondo
Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria y otras nuevas iniciativas
sean recibidos y utilizados en los países receptores sin que se vean afectados otros
programas en curso;
23.
Exhorta a los acreedores, en particular las instituciones financieras
internacionales, y a los deudores a que consideren la posibilidad de preparar una evaluación
de la repercusión en los derechos humanos de los proyectos de desarrollo, los acuerdos de
préstamo o los documentos de estrategia de lucha contra la pobreza;
24.
Reafirma que el ejercicio de los derechos fundamentales de la población de
los países deudores a la alimentación, la vivienda, el vestido, el empleo, la educación, los
servicios de salud y un medio ambiente saludable no puede subordinarse a la aplicación de
políticas de ajuste estructural, programas de crecimiento y reformas económicas adoptadas
de resultas de la deuda;
25.
Insta a los Estados, a las instituciones financieras internacionales y al sector
privado a que tomen urgentemente medidas para aliviar el problema de la deuda de los
países en desarrollo especialmente afectados por el VIH/SIDA, de manera que puedan
liberarse más recursos financieros y dedicarse a la atención de la salud, la investigación y el
tratamiento de la población en los países afectados;
26.
Reitera su opinión de que, para encontrar una solución duradera al problema
de la deuda y estudiar cualquier mecanismo nuevo para resolver el problema de la deuda, es
necesario un diálogo político amplio entre los países deudores y acreedores y las
instituciones financieras multilaterales, dentro del sistema de las Naciones Unidas, basado
en el principio de intereses y responsabilidades comunes;
27.
Reitera también su solicitud a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos de que preste más atención al problema de la carga de la deuda
de los países en desarrollo, en particular los países menos adelantados, y especialmente a
las repercusiones sociales de las medidas adoptadas de resultas de la deuda externa;
28.
Solicita al Experto independiente que siga estudiando las interconexiones con
el comercio y otras cuestiones, como el VIH/SIDA, cuando examine las repercusiones de
las políticas de ajuste estructural y de la deuda externa, y que contribuya, según
corresponda, al proceso de seguimiento de la Conferencia Internacional sobre la
Financiación para el Desarrollo con miras a señalar a su atención la cuestión de las
consecuencias de las políticas de ajuste estructural y de la deuda externa para el goce de
todos los derechos humanos, sobre todo los derechos económicos, sociales y culturales;
GE.12-16203
5