A/RES/57/189
Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, el documento final que aprobó en su
vigésimo tercer período extraordinario de sesiones titulado “La mujer en el
año 2000, igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI” 9, y los
documentos finales de los recientes exámenes quinquenales de la aplicación del
Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el
Desarrollo 10, y el Programa de Acción de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo
Social 11,
Reafirmando el Marco de Acción de Dakar aprobado por el Foro Mundial
sobre la Educación 12,
Recordando la Declaración y el Programa de Acción aprobados en el Congreso
Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños, celebrado en
Estocolmo del 27 al 31 de agosto de 1996 13, y acogiendo con satisfacción el
Compromiso Mundial de Yokohama, 2001, aprobado en el Segundo Congreso
Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de los Niños, celebrado en
Yokohama (Japón) del 17 al 20 de diciembre de 2001 14,
Recordando también la Conferencia Internacional sobre los niños afectados
por la guerra, celebrada en Winnipeg (Canadá) del 10 al 17 de septiembre de 2000, y
reafirmando la importancia permanente del Programa de Winnipeg para los niños
afectados por la guerra 15 destinado a todos los niños afectados por los conflictos
armados,
Reconociendo la necesidad de lograr la igualdad entre los géneros con el fin de
asegurar un mundo justo y equitativo para las niñas,
Profundamente preocupada por la discriminación de las niñas y la
conculcación de sus derechos, como consecuencia de lo cual suelen tener menor
acceso que los niños a la educación, la nutrición y la atención de la salud física y
mental y disfrutar menos que ellos de los derechos, oportunidades y beneficios de la
niñez y la adolescencia y con frecuencia son víctimas de diversas formas de
explotación cultural, social, sexual y económica y de violencia y prácticas
perjudiciales como el infanticidio, el incesto, el matrimonio precoz, la selección
prenatal por el sexo del feto y la mutilación genital femenina,
Profundamente preocupada también porque las niñas se cuentan entre los más
perjudicados en situaciones de pobreza, guerra y conflicto armado, lo que limita sus
posibilidades de pleno desarrollo,
Observando con preocupación que las niñas han pasado, además, a ser
víctimas de enfermedades de transmisión sexual y cada vez más del virus de
inmunodeficiencia humana, lo cual tiene graves consecuencias para la calidad de su
vida y las expone a una mayor discriminación,
Convencida de que el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las
formas conexas de intolerancia se manifiestan en forma diferenciada para las
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Resolución S-23/2, anexo, y resolución S-23/3, anexo.
Resolución S-21/2, anexo.
11
Resolución S-24/2, anexo.
12
Véase Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Informe Final
del Foro Mundial sobre la Educación, Dakar (Senegal), 26 a 28 de abril de 2000, París, 2000.
13
A/51/385, anexo.
14
Véase A/S-27/12, anexo.
15
A/55/467-S/2000/973, anexo.
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