A/RES/55/125 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 27 de febrero de 2001 Quincuagésimo quinto período de sesiones Tema 84 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General [sobre la base del informe de la Comisión Política Especial y de Descolonización (Cuarta Comisión) (A/55/570)] 55/125. Personas desplazadas como resultado de las hostilidades de junio de 1967 y las hostilidades posteriores La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 2252 (ES–V), de 4 de julio de 1967, 2341 B (XXII), de 19 de diciembre de 1967, y todas sus resoluciones posteriores sobre la cuestión, Recordando también las resoluciones del Consejo de Seguridad 237 (1967), de 14 de junio de 1967, y 259 (1968), de 27 de septiembre de 1968, Tomando nota del informe del Secretario General presentado en cumplimiento de su resolución 54/71, de 6 de diciembre de 1999 1, Tomando nota también del informe del Comisionado General del Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio de 1999 y el 30 de junio de 2000 2, Preocupada porque todavía persistan los sufrimientos humanos resultantes de las hostilidades de junio de 1967 y las hostilidades posteriores, Tomando nota de las disposiciones de la Declaración de Principios sobre las Disposiciones relacionadas con un Gobierno Autónomo Provisional, firmada en Washington D.C., el 13 de septiembre de 1993 por el Gobierno del Estado de Israel y la Organización de Liberación de Palestina 3, respecto de las modalidades para la admisión de las personas desplazadas en 1967, y preocupada porque aún no se haya puesto en práctica el proceso convenido, 1. Reafirma el derecho de todas las personas desplazadas como resultado de las hostilidades de junio de 1967 y las hostilidades posteriores a regresar a sus hogares o lugares de residencia anterior en los territorios ocupados por Israel desde 1967; 1 A/55/391. Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo quinto período de sesiones, Suplemento No. 13 (A/53/13). 3 A/48/486–S/26560, anexo. 2 00 56692

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