A/HRC/RES/58/5
8.
Alienta enérgicamente a las autoridades públicas y a los dirigentes de todos los
sectores de la sociedad y de las respectivas comunidades a condenar los actos de intolerancia
y violencia fundados en la religión o las creencias;
9.
Insta a los Estados a que procuren en mayor medida promover y proteger la
libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o de creencias, y, a tal fin:
a)
Velen por que sus regímenes constitucionales y legislativos proporcionen
garantías suficientes y efectivas de libertad de pensamiento, de conciencia y de religión o de
creencias para todas las personas, sin distinción, entre otras formas brindando acceso a la
justicia y a recursos efectivos en los casos en que se haya violado el derecho a la libertad de
pensamiento, de conciencia y de religión o de creencias o el derecho a practicar libremente
la propia religión, así como el derecho a cambiar de religión o de creencias;
b)
Pongan en práctica todas las recomendaciones aceptadas del examen periódico
universal relacionadas con la promoción y protección de la libertad de religión o de creencias;
c)
Garanticen que dentro de su jurisdicción nadie se vea privado del derecho a la
vida, a la libertad o a la seguridad personal a causa de su religión o sus creencias, y que nadie
sea sometido por ese motivo a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes,
o a detención o prisión arbitrarias, y lleven ante la justicia a todos los responsables de violar
esos derechos;
d)
Pongan fin a las violaciones de los derechos humanos de las mujeres y
dediquen especial atención a la eliminación de las prácticas y las leyes que las discriminan,
entre otros ámbitos en el ejercicio de su derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia
y de religión o de creencias;
e)
Velen por que no se discrimine a nadie a causa de su religión o sus creencias
en el acceso a la educación, la atención médica, el empleo, la asistencia humanitaria o las
prestaciones sociales, entre otras esferas, y se aseguren de que todas las personas tengan el
derecho y la oportunidad de acceder, en un marco general de igualdad, a los servicios
públicos de su país, sin discriminación alguna fundada en la religión o las creencias;
f)
Examinen, cuando proceda, las prácticas vigentes en materia registral para
asegurarse de que no limiten el derecho de todas las personas a manifestar su religión o sus
creencias, individual o colectivamente y tanto en público como en privado;
g)
Velen por que no se niegue a nadie la expedición de documentos oficiales por
motivos de religión o de creencias, y por que toda persona tenga derecho a no divulgar contra
su voluntad en esos documentos información relativa a la religión que profesa;
h)
Garanticen, en particular, el derecho de todas las personas a practicar y enseñar
su religión o sus creencias o a reunirse en relación con estas, y a establecer y mantener lugares
para esos propósitos, así como el derecho de todas las personas a recabar, recibir y difundir
información e ideas en esas esferas;
i)
Garanticen que, de conformidad con la legislación nacional aplicable y el
derecho internacional de los derechos humanos, se respete y proteja plenamente la libertad
de todas las personas, incluidos los miembros de minorías religiosas, de establecer y
mantener instituciones religiosas, benéficas o humanitarias;
j)
Se aseguren de que todos los funcionarios y empleados públicos, incluidos los
miembros de las fuerzas del orden y el personal de los centros penitenciarios, las fuerzas
armadas y los educadores, en el desempeño de sus funciones oficiales, respeten la libertad de
religión o de creencias y no discriminen a nadie por motivos de religión o creencias, y de que
se les impartan los cursos de sensibilización, la educación o la capacitación necesarios y
apropiados;
k)
Adopten todas las medidas necesarias y apropiadas, de conformidad con las
obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, para combatir el odio, la
discriminación, la intolerancia y los actos de violencia, intimidación y coerción motivados
por la intolerancia fundada en la religión o las creencias, así como toda apología del odio
GE.25-05334
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