A/RES/55/126
de educación superior, incluida la formación profesional, de los refugiados de
Palestina;
2.
Exhorta encarecidamente a todos los Estados, los organismos
especializados y las organizaciones no gubernamentales a que aumenten las
asignaciones especiales para subvenciones y becas destinadas a los refugiados de
Palestina, además de sus contribuciones al presupuesto ordinario del Organismo de
Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina
en el Cercano Oriente;
3.
Expresa su reconocimiento a todos los gobiernos, los organismos
especializados y las organizaciones no gubernamentales que respondieron
favorablemente a sus resoluciones sobre el tema;
4.
Invita a los organismos especializados y a otras organizaciones
pertinentes del sistema de las Naciones Unidas a que, dentro de sus respectivas
esferas de competencia, continúen brindando asistencia para que los estudiantes
refugiados de Palestina puedan cursar estudios superiores;
5.
Hace un llamamiento a todos los Estados, a los organismos
especializados y a la Universidad de las Naciones Unidas para que aporten
contribuciones generosas a las universidades palestinas en el territorio palestino
ocupado por Israel desde 1967, incluida, en su momento, la proyectada Universidad
“Al-Quds” de Jerusalén para los refugiados de Palestina;
6.
Hace un llamamiento a todos los Estados, a los organismos
especializados y a otros órganos internacionales para que contribuyan a la creación
de centros de formación profesional para los refugiados de Palestina;
7.
Pide al Organismo que actúe como receptor y depositario de las
asignaciones especiales para subvenciones y becas, y que las conceda a refugiados
de Palestina idóneos;
8.
Pide al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo sexto
período de sesiones, un informe sobre la aplicación de la presente resolución.
83a. sesión plenaria
8 de diciembre de 2000
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