A/RES/58/192 territorial o la independencia política de un Estado, o de cualquier otra forma que sea incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas, Reafirmando también su adhesión a la paz, la seguridad y la justicia y al desarrollo permanente de las relaciones de amistad y la cooperación entre los Estados, Rechazando el uso de la violencia en la consecución de objetivos políticos y destacando que sólo las soluciones políticas pacíficas podrán garantizar un futuro estable y democrático a todos los pueblos del mundo, Reafirmando la importancia de velar por el respeto de los principios de la soberanía, la integridad territorial y la independencia política de los Estados y de la no intervención en asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados, de conformidad con la Carta y el derecho internacional, Reafirmando también que todos los pueblos tienen el derecho a la libre determinación, en virtud del cual establecen libremente su condición política y orientan libremente su desarrollo económico, social y cultural, Reafirmando además la Declaración sobre los principios de derecho internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas 3, Destacando que la sujeción de pueblos a la subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos fundamentales, es contraria a la Carta y compromete la promoción de la paz y de la cooperación mundiales, Recordando que todos tienen derecho a un orden social e internacional en el que los derechos y las libertades proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos 4 se hagan plenamente efectivos, Convencida del propósito de crear las condiciones de estabilidad y bienestar necesarias para que las naciones mantengan relaciones pacíficas y amistosas basadas en el respeto de los principios de la igualdad de derechos y de la libre determinación de los pueblos, Convencida también de que una vida sin guerras constituye el requisito internacional primordial para el bienestar material, el desarrollo y el progreso de los países y la plena realización de los derechos y las libertades humanas fundamentales proclamados por las Naciones Unidas, Destaca que la paz es un requisito fundamental para la promoción y 1. protección de todos los derechos humanos para todos; 2. Declara solemnemente que preservar y promover la paz es una obligación fundamental de todo Estado; 3. Subraya que para preservar y promover la paz es preciso que la política de los Estados esté orientada hacia la eliminación de la amenaza de la guerra, sobre todo la guerra nuclear, a la renuncia al uso o la amenaza de uso de la fuerza en las relaciones internacionales y al arreglo de las controversias internacionales por medios pacíficos de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas; _______________ 3 4 2 Resolución 2625 (XXV), anexo. Resolución 217 A (III).

Seleccionar párrafo de destino3

Conectar a un párrafo
Connect to an entity
Disable highlights
Añadir a la tabla de contenidos