A/RES/48/133
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Tomando nota de la creación del fondo para el desarrollo de las
poblaciones indígenas de América Latina y el Caribe como forma de apoyo a los
objetivos del Año,
Tomando nota también de la recomendación de la Conferencia Mundial de
Derechos Humanos, celebrada en Viena del 14 al 25 de junio de 1993, de que se
proclame un decenio internacional de las poblaciones indígenas del mundo 1/,
Tomando nota además de la necesidad de seguir fortaleciendo las
iniciativas adoptadas como consecuencia del Año,
Recordando la petición de que la Subcomisión de Prevención de
Discriminaciones y Protección a las Minorías concluya su examen del proyecto
de declaración universal sobre los derechos de los pueblos indígenas,
1.
Exhorta al sistema de las Naciones Unidas y a los gobiernos que
aún no lo hayan hecho a que desarrollen políticas de apoyo a los objetivos y
al lema del Año Internacional de las Poblaciones Indígenas y a que fortalezcan
el marco institucional para su aplicación;
2.
Recomienda a todos los relatores sobre los distintos temas, a los
representantes especiales, expertos independientes y grupos de trabajo que
presten particular atención, en el marco de sus mandatos, a la situación de
las poblaciones indígenas;
3.
Insta al Subsecretario General de Derechos Humanos a que siga
recabando activamente la cooperación de los organismos especializados, las
comisiones regionales, las instituciones financieras y de desarrollo y otras
organizaciones pertinentes del sistema de las Naciones Unidas para la
promoción de un programa de actividades en apoyo de los objetivos y del lema
del Año;
4.
Hace un llamamiento a los organismos especializados, las
comisiones regionales y las instituciones financieras y de desarrollo del
sistema de las Naciones Unidas para que sigan intensificando sus esfuerzos por
prestar especial atención a las necesidades de las poblaciones indígenas en su
presupuestación y programación;
5.
Pide:
a)
Que los informes de las tres reuniones técnicas celebradas con
arreglo al párrafo 8 de la resolución 46/128 de la Asamblea General, de 17 de
diciembre de 1991, se incluyan en las actas de evaluación final de la reunión
prevista en el párrafo 12 de la misma resolución, y sus conclusiones se
incluyan en el informe que el Coordinador del Año presentará a la Asamblea
General en su cuadragésimo noveno período de sesiones;
b)
Que la Comisión de Derechos Humanos convoque, con cargo a los
recursos existentes, una reunión de los participantes en los programas y
proyectos del Año en los tres días previos al 12º período de sesiones del
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A/CONF.157/24 (Part I), cap. III, secc. II, párr. 32.
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