A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/49/132
24 de febrero de 1995
Cuadragésimo noveno período de sesiones
Tema 12 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/49/726)]
49/132.
Consecuencias económicas y sociales de los
asentamientos israelíes para el pueblo
palestino del territorio palestino ocupado
desde 1967, incluida Jerusalén, y para la
población árabe del Golán sirio
La Asamblea General,
Recordando la resolución 1994/45 del Consejo Económico y Social, de 29
de julio de 1994,
Reafirmando el principio de la soberanía permanente de los pueblos bajo
ocupación extranjera sobre sus recursos nacionales,
Guiándose por los principios de la Carta de las Naciones Unidas,
afirmando la inadmisibilidad de la adquisición de territorio por la fuerza y
recordando las resoluciones del Consejo de Seguridad 242 (1967), de 22 de
noviembre de 1967, y 497 (1981), de 17 de diciembre de 1981,
Recordando la resolución 465 (1980) del Consejo de Seguridad, de 1º de
marzo de 1980, y otras resoluciones en las que se afirma que el Convenio de
Ginebra relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra, de
12 de agosto de 1949 1/, es aplicable al territorio palestino ocupado,
incluida Jerusalén, y a otros territorios árabes ocupados por Israel desde
1967,
Recordando también la resolución 904 (1994) del Consejo de Seguridad, de
18 de marzo de 1994, en la que, entre otras cosas, el Consejo exhortó a
1/
95-76612
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 75, No. 973.
/...