A/HRC/RES/51/27 Profundamente preocupado por la situación humanitaria, que sigue deteriorándose debido a los efectos combinados del conflicto y la sequía, llevando a un número de personas cada vez mayor a una situación alarmante de peligro para la vida, y por la falta de acceso humanitario suficiente, Profundamente consternado ante la apropiación por la fuerza de camiones cisterna cargados con combustible por el Frente de Liberación Popular de Tigré en el almacén del Programa Mundial de Alimentos en Mekelle, región de Tigré, el 24 de agosto, y condenando todo desvío de material destinado a la prestación de asistencia, Pidiendo el cese inmediato de las hostilidades, un acceso humanitario expedito, el inicio de conversaciones de paz sin condiciones previas, el restablecimiento de los servicios en Tigré, entre ellos la electricidad, las comunicaciones y los servicios bancarios, y el levantamiento de las restricciones relativas al dinero en efectivo, el combustible y los fertilizantes, Profundamente preocupado por la presencia, de nuevo, de efectivos eritreos en Tigré, y pidiendo su retirada inmediata y total, Instando a todas las partes a que respeten el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los refugiados, en particular las normas que rigen la conducción de las hostilidades y el reclutamiento forzado, Reiterando su reconocimiento por el informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Comisión de Derechos Humanos de Etiopía, de 3 de noviembre de 2021, sobre la investigación conjunta de las presuntas vulneraciones y conculcaciones del derecho internacional de los derechos humanos y las vulneraciones del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los refugiados cometidas por todas las partes en el conflicto en la región de Tigré en Etiopía, Recordando la conclusión que figura en el informe de que hay motivos razonables para creer que todas las partes en el conflicto han cometido vulneraciones y conculcaciones del derecho internacional de los derechos humanos y vulneraciones del derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los refugiados, algunas de las cuales, según sus circunstancias, pueden constituir crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, Acogiendo con beneplácito el informe inicial de la Comisión Internacional de Expertos en Derechos Humanos sobre Etiopía y las recomendaciones formuladas en él 1, Consternado por las persistentes informaciones sobre ataques deliberados contra civiles y bienes de carácter civil, y de ataques indiscriminados que provocan bajas civiles, así como por los informes sobre el recurso a la práctica de hacer padecer hambre a la población civil como método de guerra, lo que indica un flagrante desprecio por la vida y la dignidad de las personas, Profundamente preocupado por las continuas informaciones sobre muertes ilícitas y ejecuciones extrajudiciales generalizadas —entre otros, por motivos étnicos—, torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, detenciones arbitrarias, secuestros y desapariciones forzadas, y sobre casos generalizados de pillaje, saqueo y destrucción de bienes públicos y privados y de bienes indispensables para la supervivencia de la población civil; y por las informaciones que dan cuenta de actos generalizados de violencia sexual y de género relacionada con el conflicto, lo que incluye violaciones, violencia sexual y esclavitud sexual, principalmente contra mujeres y niñas, pero también contra hombres y niños, Profundamente preocupado también por las informaciones sobre violaciones de los derechos que asisten a los refugiados y a los desplazados internos en virtud del derecho internacional, sobre el desplazamiento forzoso de civiles en gran medida en razón de su origen étnico, y sobre restricciones del acceso a la ayuda humanitaria y el asesinato de trabajadores humanitarios, que pueden constituir vulneraciones del derecho internacional humanitario y deben investigarse más a fondo, 1 2 A/HRC/51/46. GE.22-16498

Seleccionar párrafo de destino3