A/RES/59/110
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
10 de diciembre de 2004
Quincuagésimo noveno período de sesiones
Tema 72 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 3 de diciembre de 2004
[sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/59/466)]
59/110. Convención sobre la prohibición del desarrollo, la
producción y el almacenamiento de armas bacteriológicas
(biológicas) y toxínicas y sobre su destrucción
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones anteriores relativas a la prohibición completa y
efectiva de las armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y a su destrucción,
Tomando conocimiento con satisfacción de que ciento cincuenta y dos Estados,
incluidos todos los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, son partes en
la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el
almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su
destrucción 1,
Teniendo presente su llamamiento a todos los Estados partes en la Convención
para que participaran en la aplicación de las recomendaciones de las conferencias de
examen, incluido el intercambio de información y datos convenido en la
Declaración Final de la Tercera Conferencia de las Partes encargada del examen de
la Convención sobre la prohibición del desarrollo, la producción y el
almacenamiento de armas bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y sobre su
destrucción 2, y para que proporcionaran anualmente al Secretario General la
información y los datos mencionados, de conformidad con el procedimiento
establecido y a más tardar el 15 de abril,
Acogiendo con beneplácito la reafirmación que figura en la Declaración Final
de la Cuarta Conferencia de Examen 3 de que, en virtud del artículo I de la
Convención, quedan efectivamente prohibidos en todos los casos el uso de armas
bacteriológicas (biológicas) y toxínicas y su desarrollo, producción y
almacenamiento,
Recordando la decisión adoptada en la Quinta Conferencia de Examen de
celebrar tres reuniones anuales de los Estados partes, de una semana de duración
cada una, a partir de 2003 y hasta la Sexta Conferencia de Examen, y celebrar una
_______________
1
Resolución 2826 (XXVI), anexo.
BWC/CONF.III/23, segunda parte.
3
BWC/CONF.IV/9, segunda parte.
2
04-48289
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