A/RES/58/191
Naciones Unidas
Distr. general
23 de marzo de 2004
Asamblea General
Quincuagésimo octavo período de sesiones
Tema 117 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 22 de diciembre de 2003
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/58/508/Add.2)]
58/191. Situación de los derechos humanos en Camboya
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 57/225 y 57/228 A, de 18 de diciembre de 2002,
y 57/228 B, de 13 de mayo de 2003, la resolución 2003/79 de la Comisión de
Derechos Humanos, de 25 de abril de 2003 1, y las resoluciones anteriores en la
materia,
Recordando también la decisión tomada por la Comisión de Derechos
Humanos, en su resolución 2003/79, de solicitar un informe, para su 60° período de
sesiones, sobre la función y los logros de la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los Derechos Humanos en lo concerniente a la prestación de
asistencia al Gobierno y al pueblo de Camboya, y de continuar el examen de la
situación de los derechos humanos en Camboya en su 60° período de sesiones,
Reconociendo que la trágica historia de Camboya requiere la adopción de
medidas especiales para proteger los derechos humanos de toda su población e
impedir que se vuelva a la política y las prácticas del pasado, tal como se estipuló en
el Acuerdo sobre un arreglo político amplio del conflicto de Camboya, firmado en
París el 23 de octubre de 1991 2,
I
Apoyo de las Naciones Unidas y cooperación con ellas
1.
Pide al Secretario General que, por intermedio de su Representante
Especial encargado de examinar la situación de los derechos humanos en Camboya,
en colaboración con la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos en ese país, preste asistencia al Gobierno de Camboya para
proteger los derechos humanos de todo su pueblo y allegue recursos suficientes para
que la oficina siga manteniendo una presencia operacional y el Representante
Especial siga cumpliendo eficazmente su cometido;
_______________
1
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2003, Suplemento No. 3 (E/2003/23),
cap. II, secc. A.
2
A/46/608-S/23177.
03 50607